Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2005 (26/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 13º.- El trabajo preventivo promocional El trabajo preventivo promocional es el dedicado a la difusion y aplicacion de metodos y tecnicas para la promocion de la salud, la prevencion, el cuidado y preservacion de la salud estomatologica. Articulo 14º.- El trabajo estomatologico legal El trabajo estomatologico legal es el dedicado a la realizacion de peritajes, pericias estomatologicas legales y expedir el certificado correspondiente. Articulo 15º.- El trabajo administrativo El trabajo administrativo es el dedicado a la planificacion, organizacion, direccion, coordinacion, monitoreo, supervision, evaluacion y control de las actividades de los organos, programas y proyectos en las instituciones y establecimientos dedicados a la atencion de la salud y afines, asi como a participar en la formulacion, aplicacion y evaluacion de planes y programas de la politica nacional de salud, en asesoria y consultoria. Articulo 16º.- El trabajo docente El trabajo docente es el dedicado a planificar, programar, organizar, dirigir, desarrollar, monitorear, supervisar, evaluar y controlar actividades educativas y de capacitacion en el MORDAZA de su formacion profesional, las ciencias de la salud y del conocimiento cientifico. Articulo 17º.- El trabajo de investigacion El trabajo de investigacion es el dedicado a la busqueda y generacion del conocimiento cientifico y sus aplicaciones y tecnicas para la atencion y preservacion de la salud. Articulo 18º.- El trabajo de produccion intelectual El trabajo de produccion intelectual es el dedicado a publicaciones, proyectos y otros. Articulo 19º.- El ejercicio simultaneo de las modalidades de trabajo El ejercicio simultaneo de las modalidades de trabajo anteriormente descritas no son incompatibles, se efectuan de acuerdo a ley y segun el cargo y nivel de MORDAZA del Cirujano Dentista. CAPITULO II DE LAS FUNCIONES Articulo 20º.- Funciones del Cirujano Dentista Corresponde al profesional Cirujano Dentista realizar las funciones siguientes: a) Ejercer sus funciones profesionales satisfaciendo directamente las necesidades del consultante, basado en evidencia y el consentimiento informado, brindandole atencion directa o participando en la atencion integral de la salud, bajo la forma de consulta y atencion estomatologica en interaccion con la persona, la familia y la comunidad, en todas sus especialidades y subespecialidades; asi como su participacion a traves de instituciones, academias, asociaciones y otras referentes al ambito de su competencia. b) Desarrollar y registrar los actos estomatologicos en la Historia Clinica. c) Formar parte del equipo multidisciplinario de salud para realizar actividades preventivo promocionales en el MORDAZA de su formacion profesional. d) Participar en la formulacion, evaluacion y ejecucion de las politicas generales inherentes a la salud estomatologica. e) Proponer y ejecutar las normas, protocolos de atencion y estandares de calidad, que faciliten la evaluacion y control de la atencion y consulta estomatologica. f) Supervisar y controlar las actividades del personal profesional, tecnico y auxiliar bajo su supervision y responsabilidad funcional. g) Desempenar la consultoria estomatologica orientada a brindar atencion y consulta integral estomatologica a la persona, la familia, comunidad y poblacion en general. h) Desempenar asesoria o consultoria, emitiendo opinion y consejo profesional en el MORDAZA de la estomatologia. i) Ejercer la direccion o jefatura de los centros de formacion y capacitacion del personal de salud, en lo que se refiere al MORDAZA odontoestomatologico en planificacion, ejecucion y evaluacion de la formacion y capacitacion del personal profesional, tecnico y auxiliar asistencial. j) Brindar asesoria al personal de salud y a la comunidad, a traves de los diferentes niveles del sistema educativo en el MORDAZA de la salud estomatologica. k) Efectuar investigaciones en el ambito de su competencia para la creacion de nuevos conocimientos, tecnologias y tecnicas, para la atencion de la salud estomatologica y el desarrollo del MORDAZA profesional del Cirujano Dentista, orientandolo al logro de la calidad total y excelencia en forma individual y grupal.

l) Emitir opinion tecnica especializada de manera individual o a traves de comites tecnicos para la provision de recursos humanos, materiales, instrumental, medicamentos, insumos y equipos biomedicos en los diversos establecimientos de salud, en el ambito de su competencia. m) Efectuar peritajes legales y forenses y expedir los certificados correspondientes de acuerdo al ambito de su profesion. n) Otorgar certificados medicos de descanso en materia de su especialidad. o) Otras que establezca la autoridad de salud de acuerdo a su competencia profesional. TITULO III DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES Articulo 21º.- De los derechos Son derechos del profesional Cirujano Dentista los siguientes: a) Ser incorporado en los niveles de MORDAZA establecidos en el articulo 17º de la Ley. b) Acceder a cargos de jefatura de departamento y cualquier otro cargo de direccion o gestion en la funcion publica y privada, en igualdad de condiciones. c) Contar con un ambiente debidamente acondicionado que le permita desarrollar sus labores en forma adecuada para su salud fisica y mental, asi como contar con condiciones de bioseguridad idoneas, a efecto de que se pueda controlar la exposicion a contaminantes y sustancias toxicas. d) Acceder periodicamente a examenes medicos de salud preventiva a cargo del empleador. e) Disponer de los recursos materiales, insumos y equipos de calidad necesarios, que aseguren una atencion eficiente y eficaz con calidad y calidez. f) Contar con una poliza de seguro complementario de trabajo de riesgo contratada por el empleador, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 26790 - Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud. g) Acceder a licencia con o sin goce de haber de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como en la Ley Nº 27878 Ley del Trabajo del Cirujano Dentista. La licencia con goce de haber se otorgara respetando el MORDAZA de no percepcion de doble remuneracion en el sector publico. En el caso de representaciones que derivan de su profesion se tendra especial atencion a lo dispuesto en el literal g) del articulo 7º de la Ley. h) Recibir capacitacion nacional e internacional en establecimientos de mayor complejidad en el MORDAZA de su competencia, previa autorizacion de la institucion donde labora. i) Los Cirujanos Dentistas que por su especialidad en Radiologia Bucal o Maxilo Facial laboran expuestos a radiaciones, gozaran ademas de su periodo vacacional de un descanso de 10 dias adicionales por cada 6 meses de trabajo efectivo. El responsable del establecimiento de salud sera el encargado de la correcta aplicacion de este beneficio, solo en el caso de quienes tengan derecho al mismo. Articulo 22º.- De las obligaciones Son obligaciones del Cirujano Dentista: a) Proteger la salud estomatologica u odontologica de la persona individual, de la familia y la comunidad. b) Cumplir con los preceptos establecidos en el Codigo de Etica y Deontologia del Colegio Odontologico del Peru. c) Desarrollar su trabajo profesional dentro de la legislacion vigente. d) Conocer y aplicar la legislacion de salud vigente y las politicas del sector. e) Las demas obligaciones previstas en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y, en el Decreto Legislativo Nº 728, segun corresponda. TITULO IV DE LA MORDAZA ODONTOLOGICA Articulo 23º.- MORDAZA y Titulos La profesion odontologica es una MORDAZA de los profesionales de la salud de nivel universitario. La universidad otorga el grado de Bachiller y el Titulo de Cirujano Dentista. Articulo 24º.- De las Especialidades Las universidades del MORDAZA formulan y establecen Programas de MORDAZA Especializacion acorde con las necesidades del MORDAZA, en coordinacion con el Ministerio de Salud. Articulo 25º.- De los Estudios de Especializacion El Cirujano Dentista obtiene el Titulo Universitario de