Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2005 (20/12/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 306750

NORMAS LEGALES
EXPEDIENTE MATERIA

MORDAZA, martes 20 de diciembre de 2005 Nº 00003-2004-CD-GPR/TT : Revision de tarifas tope para comunicaciones locales y de larga distancia nacional entre telefonos fijos de abonados urbanos y telefonos publicos rurales / Ampliacion de plazo.

Alimentaria en MORDAZA Metropolitana, y un (1) representante de la Mesa de Concertacion de Lucha contra la Pobreza de MORDAZA Metropolitana, quien actuara como Secretario Tecnico de la Comision; Que, de acuerdo a lo senalado en el documento de vistos, el trabajo de la Comision Especial ha tenido limitaciones en lo que se refiere a informacion desagregada a nivel provincial y distrital, respecto a la identificacion de los recursos presupuestales, de personal y de infraestructura comprometidos en la gestion de los Programas de Complementacion Alimentaria del PRONAA a ser transferidos en el ambito de MORDAZA Metropolitana, por lo que la citada Comision ha solicitado una ampliacion del plazo hasta el 28 de febrero de 2006, a efecto de para culminar su encargo; Que, es necesario contar con la propuesta de la Comision Especial a efectos de dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, resulta pertinente prorrogar el plazo solicitado y sustentado por el Presidente de dicha Comision; Con el visto MORDAZA del Secretario Tecnico y de los responsables de la Gerencia de Transferencias y Acreditacion y de la Oficina Legal; De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de Organizacion y Funciones del CND, y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga de plazo Prorrogar hasta el 28 de febrero de 2006, el plazo para que la Comision Especial constituida mediante Resolucion Presidencial Nº 050-CND-P-2005, presente al CND su propuesta de modalidad de transferencia y modelo de gestion descentralizada del Programa de Complementacion Alimentaria del PRONAA para el caso de MORDAZA Metropolitana, asi como los plazos y procedimientos que viabilicen dicha transferencia. Articulo 2º.- Informacion para emitir la propuesta De conformidad con la normatividad vigente en materia de descentralizacion, el MIMDES es el Sector del Gobierno Nacional responsable de la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del PRONAA, correspondiendole proporcionar la informacion relativa a la identificacion de los recursos presupuestales, de personal y de infraestructura comprometidos en la gestion del citado Programa, en el ambito de MORDAZA Metropolitana, a efecto de que se garantice el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes dentro del plazo prorrogado. Articulo 3º.- Derogatoria Quedan sin efecto todas las normas que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 21545

ADMINISTRADO : Telefonica del Peru S.A.A. Gilat to home Peru S.A. Rural Telecom S.A.C . VISTO el proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, para que se disponga la ampliacion del plazo establecido en el numeral 2 del Articulo 6º del Procedimiento para la Fijacion o Revision de Tarifas Tope, aplicable al procedimiento tramitado en el Expediente Nº 00003-2004-CD-GPR/TT; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 127-2003-CD/OSIPTEL, publicado el 25 de diciembre del 2003, se establecio el Procedimiento para la Fijacion o Revision de Tarifas Tope (en adelante "Procedimiento"); Que de conformidad con el Procedimiento, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 086-2004-CD/ OSIPTEL, publicada el 25 de noviembre de 2004, OSIPTEL inicio el procedimiento de oficio para la Revision de las tarifas tope locales y de larga distancia nacional originadas o terminadas en la red de telefonia fija local MORDAZA, y originadas o terminadas en la red de telefonos publicos rurales; Que mediante carta GGR-651-A-446-05 recibida el 19 de agosto de 2005, la empresa Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante "Telefonica") presento a OSIPTEL los resultados del estudio "Estudio de costos y propuestas de tarifas para la telefonia publica rural", realizado por la consultora Apoyo Consultoria que sustenta su propuesta tarifaria; Que mediante carta S/N recibida el 26 de agosto de 2005, la empresa Gilat to Home del Peru S.A. (en adelante "Gilat") presento a OSIPTEL los resultados del estudio "Determinacion de tarifas de telefonia para las zonas rurales y de preferente interes social", realizado por la consultora Apoyo Consultoria que sustenta su propuesta tarifaria; Que el numeral 2 del Articulo 6º del Procedimiento senala que la Gerencia de Politicas Regulatorias de OSIPTEL evaluara la documentacion sustentatoria que sea presentada por la empresa o empresas operadoras involucradas, de ser el caso, y presentara a la Gerencia General un informe tecnico sobre la fijacion o revision de tarifas tope, incluyendo el proyecto de resolucion tarifaria correspondiente, dentro del plazo de noventa (90) dias habiles, computados desde el dia siguiente de la fecha de entrega del estudio de costos de la o las empresas concesionarias o de la fecha de vencimiento del plazo otorgado para su MORDAZA, lo que ocurra primero; Que en la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento se determina que los plazos senalados en los articulos 6º y 7º de esta MORDAZA, asi como los plazos que MORDAZA establecidos por OSIPTEL en aplicacion de dichas disposiciones, podran ser ampliados de oficio o a solicitud de parte hasta por el doble de tiempo adicional a los plazos maximos senalados en los referidos articulos; Que asimismo, la Cuarta Disposicion Complementaria del Procedimiento establece que corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo de OSIPTEL, mediante resolucion debidamente motivada, otorgar las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento; Que habiendose recibido propuestas tarifarias por parte de las empresas Telefonica y Gilat, mediante cartas del 19 y 26 de agosto respectivamente, asi como la informacion y los modelos de costos que la sustentan, se requiere evaluar adecuadamente dicha informacion a fin de determinar si es necesario solicitar aclaraciones o informacion adicional y elaborar el informe correspondiente, para lo cual la Gerencia de Politicas Regulatorias cuenta con un plazo de noventa (90) dias habiles que vence el 20 de diciembre de 2005;

OSIPTEL
Amplian plazo de procedimiento de fijacion o revision de tarifas tope locales y de larga distancia nacional entre redes de telefonia fija local MORDAZA y de telefonos publicos rurales
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 130-2005-PD/OSIPTEL MORDAZA, 16 de diciembre de 2005