Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2005 (09/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo el Informe precitado senala que puede apreciarse objetiva y razonablemente la idoneidad del doctor MORDAZA Avendano MORDAZA para prestar los referidos servicios juridicos personalisimos, por ser ademas de un jurista publicamente reconocido en el ambito profesional, academico y politico, un lider de opinion juridica; Que, conforme al Informe Legal, de acuerdo a las consideraciones que se ha tomado en cuenta, el doctor MORDAZA Avendano MORDAZA cumple con las condiciones que establece el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la exoneracion del procedimiento de seleccion por servicios personalisimos que requiere contratar OSITRAN; Que, en el citado Informe, en lo que concierne a la sustentacion legal para proceder a la contratacion, se menciona entre otras consideraciones, que el literal f) del articulo 19º y articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 145º al 148º de su Reglamento, permiten que la contratacion de un especialista pueda realizarse por el supuesto de servicios personalisimos y como tal exonerado del MORDAZA de seleccion; Que, por su parte, el Memorando Nº 097-05-GAFOSITRAN senala que con la modificacion presupuestal realizada mediante la Resolucion Nº 019-2005-CD-OSITRAN se incluyo los servicios de defensa legal contra ENAPU por S/. 60000 Nuevos Soles; por lo que existe disponibilidad presupuestal para contratar el mencionado servicio; monto que tambien incluye el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones vigente, aprobado por la Resolucion Nº 0092005-GG-OSITRAN; Que, lo expuesto en el Informe y el Memorando precitados justifican tecnica y legalmente la contratacion del referido servicio especializado mediante la referida exoneracion del procedimiento de seleccion, cumpliendose asi con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley; Que, para tales efectos, y segun lo dispuesto en el literal a) del articulo 20º del TUO de la Ley, la exoneracion a la que se hace referencia en los parrafos precedentes, debera ser aprobada mediante Resolucion del titular del pliego de la entidad; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 53º literal a) del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, que establece que el Presidente de OSITRAN ejerce la titularidad del pliego presupuestal, cumpliendo con todas las obligaciones derivadas de esta funcion, le corresponde al Presidente del Consejo Directivo aprobar la referida exoneracion al MORDAZA de Seleccion correspondiente; Que, segun lo dispuesto en el articulo 20º del TUO de la Ley la Resolucion que apruebe la exoneracion al MORDAZA de Seleccion, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; y, conforme al articulo 147º del Reglamento, adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley senala que se debera remitir MORDAZA de la Resolucion aprobatoria asi como del Informe sustentatorio a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro del mismo plazo de publicacion, sin perjuicio del registro en el SEACE; Que, es preciso senalar que el presente MORDAZA de contratacion que se pretende efectuar, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, conforme al Memorando Nº 097-05-GAF-OSITRAN; Por lo expuesto, SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la exoneracion al MORDAZA de Seleccion que corresponde para la contratacion del servicio personalisimo, referido en la parte considerativa de la presente Resolucion, del Dr. MORDAZA Avendano MORDAZA, hasta por el monto referencial estimado en S/. 60,000.00 (Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Segundo.- La contratacion que se efectuara en virtud de la presente Resolucion de Presidencia, sera realizada por la Gerencia de Administracion y Finanzas de OSITRAN mediante acciones inmediatas de conformidad a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y comunicarlo a la Contraloria General de

la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion; asi como la publicacion en el SEACE y a traves de la pagina web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 06866

SUNARP
FE DE ERRATAS RESOLUCION 079-2005-SUNARP/SN Mediante Oficio Nº 1042-2005-SUNARP/SG, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 079-2005SUNARP/SN, publicada en Separata Especial el dia 30 de marzo de 2005. TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO GENERAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Pagina 289741 En el penultimo parrafo del articulo 32º: DICE: "(...), salvo lo dispuesto en los literales e) y f) que anteceden". DEBE DECIR: "(...), salvo lo dispuesto en los literales f) y g) que anteceden". 06894

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Estados Financieros y Presupuestarios del Gobierno Regional para el Ejercicio 2004
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 005-2005-REGION CALLAO-CR
CONSIDERANDO: Que, el inciso d. del Articulo 15º de la Ley Nº 27867 que aprueba la Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa que el Consejo Regional debe aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el inciso d. del Articulo 3º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, prescribe que compete al Consejo Regional aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, asimismo el inciso 4 del Articulo 16º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, prescribe que compete al Consejo Regional, aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, mediante Dictamen Nº 002-2005-GRC-CRCOM.ADM.PLAN. PRESUPyAT, la Comision Regional de Administracion, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial propone al Pleno del Consejo Regional la aprobacion de los Estados Financieros y Presupuestarios del Gobierno Regional del Callao correspondientes al Ejercicio 2004; documentos que en anexo ad-