Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2004 (19/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2004

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley 27580, "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la MORDAZA Hacienda y Capilla del Fundo Huayrapongo, ubicada en el distrito de Banos del MORDAZA, provincia y departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos la condicion de Patrimonio Cultural mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09446

INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidor del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Aucallama Huaral de la Direccion Regional MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 316-2004-INPE/P MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 VISTO, el Informe Nº 042-2004-INPE-CPPAD de fecha 26 de MORDAZA de 2004 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nº 1063-2003-INPE/OGA y Nº 984-2004-INPE/OGA-ORH de fecha de recepcion 19 de MORDAZA de 2003 y 15 de MORDAZA de 2004 respectivamente la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, remite los Informes Tecnicos Nºs. 132-2003-INPE/ OGA-ORH-UryD y 045-2004-INPE/OGA-ORH-URyD comunicando la situacion laboral del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel STF, quien laborando en el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de AucallamaHuaral de la Direccion Regional MORDAZA, cumpliendo funciones de seguridad, habria incurrido en abandono laboral por ausencias injustificadas a su centro de labores; Que, mediante Oficio Nº 114-2003-INP-17-257-ORH de fecha 30 de MORDAZA de 2003, el Jefe de Recursos Humanos del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Aucallama - Huaral, informa sobre las faltas injustificadas del servidor a los servicios de los dias 6, 18 y 21 de enero de 2003, que ha sido confirmada mediante Oficio Nº 031-2004INPE/17-257-ORH de fecha 18 de marzo de 2004; Que, del estudio y analisis de los Informes Tecnicos Nºs. 132-2003-INPE/OGA-ORH-URyD y 045-2004- INPE/ OGA-ORH-URyD asi como de los documentos que obran en el expediente, se advierte que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no concurrio a su centro de labores los dias 2, 5, 8 y 11 de febrero de 2003 (4 servicios), habiendo justificado sus faltas con los descansos medicos otorgados al servidor, que constan en el Informe de Atencion Medica Nº 1409-HN-SEB-OEI-CM-2003 y Oficio Nº 7322003-DE-HSEB;

Que, se otorgo descanso medico al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 2 de febrero al 27 de MORDAZA de 2003, sin embargo, el servidor se presento a laborar a la Direccion Regional MORDAZA el 17 de junio de 2003, segun se comunica mediante Oficio Nº 1132-2003-INPE/ OGA-ORH de fecha 25 de junio de 2002, no habiendo justificado sus faltas desde el 28 de MORDAZA hasta el 16 de junio de 2003 (50 dias); Que, durante el periodo de 180 dias calendario del mes de enero a junio del ano 2003 el servidor incurrio en faltas injustificadas consecutivas a los servicios de los dias 6, 18 y 21 de enero de 2003 haciendo un total de 9 dias para efectos de descuento, asi mismo incurrio en otras faltas injustificadas desde el 28 de MORDAZA hasta el 16 de junio de 2003 (50 dias), haciendo un total de 59 dias; incurriendo en falta de caracter disciplinario estipulada en el articulo 28º literal K del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que textualmente senala: "Son faltas de caracter disciplinario (...) Las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario"; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90 PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Aucallama-Huaral de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario, a efecto de que el servidor procesado presente su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino de Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 09504

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan prorrogar contratos de arrendamiento de inmuebles donde operan oficinas departamentales de Ucayali y MORDAZA, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 054-2004-JEFATURA/ONP MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Memorandum Nº 375-2004-GO/ONP de la Gerencia de Operaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), mediante el cual se sustenta la necesidad de prorrogar los contratos de arrendamientos de los locales