Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

Articulo Sexto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano conforme a ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 13986

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 545-2004-MPL Pueblo Libre, 21 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 099-2004-MPL-OA, de la Oficina de Administracion, de fecha 20 de MORDAZA del 2004, mediante el cual el Director de la citada Oficina solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre para el ano 2004, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 538-2004 de fecha 16 de MORDAZA del 2004 se aprobo el Expediente Tecnico de la Obra "Construccion de sardinel y entubado de la berma central de la Av. Bolivar" cuyo valor referencial es de S/ .348,437.81 (Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Siete y 81/100 Nuevos Soles), a ejecutarse bajo la modalidad de Ejecucion Presupuestal Indirecta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 050-2004MPL de fecha 8 de enero del 2004 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Presupuestal 2004, documento de Gestion en el cual no se considero la ejecucion del MORDAZA de seleccion para dicha contratacion; Que, mediante Informe Nº 570-2004-MPL-OA/UAS de fecha 20 de MORDAZA del 2004, la Unidad de Abastecimiento y Servicios indica que a efectos de iniciar la convocatoria, para este caso una Adjudicacion Directa Selectiva de Obra, es necesario modificar el Plan Anual, incluyendo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva con un monto referencial de S/.348,437.81 (Trescientos Cuarenta y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Siete y 81/100 Nuevos Soles), incluido los Impuestos de Ley, siendo las MORDAZA de Financiamiento "Otros Impuestos Municipales" y "Canon y Sobre Canon"; Que, de conformidad con el numeral 4) del Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, se dispone entre otros aspectos que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificado de acuerdo a la asignacion presupuestal o en caso se den reprogramaciones de metas propuestas; Que, el Art. 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones deberan ser aprobadas por la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipa-

lidad de Pueblo Libre, para el Ejercicio Presupuestal 2004, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion informar de lo dispuesto en la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como de comunicar a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, las inclusiones de los procesos de seleccion, dentro del citado plazo. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 14023

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza referente a la extincion de deudas de recuperacion onerosa o de cobranza dudosa
ORDENANZA Nº 308-MSB San MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO VISTO, en su XV Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 027-MSB-CER de la Comision de Economia y Rentas, sobre proyecto de Ordenanza de Regulacion de la Extincion de Deudas de Recuperacion Onerosa o de Cobranza Dudosa. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5) del articulo 27º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, la obligacion tributaria se extingue, entre otros medios, por Resolucion de la Administracion Tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa, que consten en las respectivas Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa u Ordenes de Pago; Que, acorde a la MORDAZA MORDAZA citada, las deudas de cobranza dudosa son aquellas respecto de las cuales se han agotado todas las acciones contempladas en el Procedimiento de Cobranza Coactiva, mientras que las de recuperacion onerosa son aquellas cuyo costo de ejecucion no justifica su cobranza; Que, en este contexto, resulta conveniente dar las pautas necesarias para el ejercicio de la facultad de la Administracion Tributaria para declarar las deudas tributarias como de recuperacion onerosa o de cobranza dudosa; Que, conforme al articulo 43º del citado T.U.O. del Codigo Tributario, la accion de la Administracion Tributaria para exigir el pago de la deuda tributaria prescribe a los cuatro (4) anos y a los seis (6) anos para quienes no hayan presentado la declaracion respectiva, asi como a los diez (10) anos cuando el agente de retencion o percepcion no ha pagado el tributo retenido o percibido; Que, en este sentido, una vez transcurrido el plazo correspondiente de prescripcion, la Administracion se encuentra impedida de ejercer cualquier accion de cobranza, por lo que se entienden agotadas las acciones contempladas en el Procedimiento de Cobranza Coactiva; constituyendose en deudas de cobranza dudosa; Que, los conceptos tributarios y no tributarios objeto de depuracion que se proponen a traves de la presente Ordenanza, estan referidos al IMPUESTO PREDIAL ge-