Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

IPEN
Declaran nulidad de adjudicacion directa selectiva convocada para la adquisicion de material electronico
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 106-04-IPEN/PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Memorandum Nº 144-2004-CEP, de fecha 23 de MORDAZA de 2004, el Informe Nº 068-04-ABAS, de fecha 23 de MORDAZA de 2004 y el Memorandum Nº 290-04-ADMI, de fecha 23 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Administracion Nº 07204-IPEN/ADMI de fecha 12 de MORDAZA de 2004, se aprobaron las Bases Administrativas del MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0013-2004/IPEN "Adquisicion de Material Electronico", MORDAZA que se realizaria segun la relacion de Items indicados en las especificaciones tecnicas de las referidas Bases; Que, mediante Memorandum Nº 144-2004-CEP, el Presidente del Comite Especial Permanente para Adjudicaciones Directas comunica a la Oficina General de Administracion respecto de algunas sobre valoraciones en la determinacion del valor referencial para los Items Nºs. 151 y 152 del referido MORDAZA de seleccion; Que, mediante Informe Nº 068-04-ABAS, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento informa a la Direccion General de Administracion que para efectos de la determinacion del valor referencial del Item Nº 151 se ha considerado solo una cotizacion realizada, encontrando error material en aquella, toda vez que se cotizo un equipo S4K3U3000 de 3000W como con autonomia de una (1) hora, cuando en realidad tiene una autonomia de cinco (5) horas, habiendose considerado ese precio para la determinacion del valor referencial para tal Item. Asimismo, informa que respecto de los Items Nºs. 60, 63, 66, 70, 73, 74, 76, 78, 80 al 88, 90 al 95, 97, 103, 106, 107, 114 y 115, se requiere mayor detalle tecnico de los circuitos electronicos a adquirir toda vez que influye directamente en el precio del producto, por lo que considera se debe declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion en tramite; Que, mediante Memorandum Nº 290-04-ADMI, el Director General de Administracion condensa en documento unico las deficiencias y observaciones anteriormente detalladas, considerando que ante los evidentes errores debe declararse la nulidad de oficio de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0013-2004/IPEN "Adquisicion de Material Electronico", con la finalidad de evitar potenciales perjuicios al IPEN; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad debera definir con precision la cantidad y caracteristicas de los bienes que se van a adquirir, asi como tambien senala que previo inicio del MORDAZA de seleccion se coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos a fin de contar con la informacion para la descripcion y especificaciones de los bienes, asi como para definir los valores referenciales de adquisicion; Que, el articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala como una condicion minima de las Bases de un MORDAZA de seleccion, que estas contengan el detalle de las caracteristicas de los bienes a adquirir; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que son nulos los actos administrativos dictados por organo incompetente, contravengan normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a lo expuesto en los documentos de vistos, corresponde declarar la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0013-2004/IPEN "Adquisicion de Material Electronico", al haberse contravenido lo dis-

puesto en el articulo 12º y el literal b) del articulo 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que impide alcanzar la finalidad de dicho MORDAZA, tal como lo establece el articulo 3º de dicho cuerpo normativo, segun el cual los procesos de adquisicion y contratacion deben garantizar que las entidades obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados; De conformidad con el articulo 57º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, y el Art. 9º inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones del IPEN, aprobado por Resolucion Suprema Nº 054-91-EM/VME; Con la visacion del Director Ejecutivo, de la Directora General de Asesoria Juridica y del Director General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la Nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0013-2004/IPEN "Adquisicion de Material Electronico", debiendose retrotraer el MORDAZA a la etapa previa a la convocatoria, es decir a la elaboracion de Bases Administrativas. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General realice los tramites necesarios para que se publique la presente resolucion dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion de Administracion, al Presidente del Comite Especial Permanente para Adjudicaciones Directas y a los interesados, para los fines correspondientes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de Administracion devuelva el importe del dinero, por concepto de compra de Bases, a los adquirientes de las mismas, previa MORDAZA de la factura respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 14026

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran improcedente solicitud de retiro de condicion de Monumento a inmueble ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 535/INC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 Visto el Expediente Nº 03987/2004, y documentacion presentada; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 17 de marzo de 2004 el Dr. MORDAZA MORDAZA Tiravanti solicita el Retiro de Condicion de Monumento al inmueble ubicado en MORDAZA Bellavista Nº 133137-151, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 919/INC-2000 de fecha 7 de agosto de 2000; Que, mediante Informe Nº 024-2004-INC/DREPHSDCH-DLS la Subdireccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo