Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2004 (28/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 2004

nautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, durante los dias 30 de agosto al 1 de setiembre del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15636

da Corte Superior informando que el Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no registra medidas disciplinarias ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de dicho Distrito Judicial; Que, en tal sentido, y sin perjuicio de los informes MORDAZA mencionados, la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno exoneracion de responsabilidad por cualquier hecho materia de investigacion que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Magistrado de la Corte Superior de Justicia del Callao; Que, el articulo 245º, inciso 3, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que termina el cargo de magistrado, entre otros, por renuncia, desde que es aceptada; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao; sin perjuicio de lo expuesto en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Vocal de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 159-2004-CE-PJ MORDAZA, 24 de agosto del 2004

MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ VISTOS: 15631 El Oficio Nº 4323-2004-P-CSJCL/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, y la solicitud de renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con certificacion de firma ante Notario Publico; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao eleva a este Organo de Gobierno la solicitud de renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Callao, por motivos personales, para el que fue nombrado por Resolucion Suprema Nº 128-90-JUS de fecha 11 de junio de 1990; Que, de la MORDAZA expedida por el Secretario General del Consejo Nacional de la Magistratura aparece que en los registros de la Secretaria Tecnica de Procesos Disciplinarios no obra denuncia, investigacion preliminar ni MORDAZA disciplinario contra el nombrado Magistrado; Que, asimismo, de la informacion remitida por el Supervisor de la Unidad de Sistemas de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aparece que el Magistrado recurrente no registra medidas disciplinarias; Que, de igual modo, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao ha remitido la MORDAZA expedida por la Secretaria Administrativa (e) de la cita-

Sancionan con destitucion a Auxiliar Administrativo III de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 52-2003-LIMA MORDAZA, dieciseis de MORDAZA del dos mil cuatro.VISTO: El expediente que contiene la Investigacion ODICMA numero cincuenta y dos guion dos mil tres guion MORDAZA seguida contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, por sus actuaciones como Auxiliar Administrativo III de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Asistente Judicial del Modulo Basico de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA El MORDAZA, respectivamente; por los fundamentos pertinentes de la resolucion numero novecientos cincuenta, expedida por Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fojas mil ciento tres a mil ciento doce, su fecha once de setiembre del dos mil tres, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, por resolucion del ocho de MORDAZA del dos mil dos expedida por el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA y en ejecucion del mandato de Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial a que se contrae la Resolucion de fojas dos se abrio