Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2004 (23/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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CLAUSULA SEXTA: DURACION El presente convenio, entrara en vigencia a la firma del mismo, y tendra una duracion de un ano, pudiendo ser renovado si LAS PARTES lo convienen expresamente. Sin perjuicio de lo anterior, el presente convenio podra ser resuelto por cualquiera de las partes, siendo suficiente para tal efecto una comunicacion notarial dirigida al domicilio indicado en la introduccion, con una anticipacion de treinta (30) dias calendario. CLAUSULA SETIMA: DOMICILIO LAS PARTES senalan como sus domicilios correspondientes los que figuran en la introduccion del presente documento, donde se entregaran las comunicaciones a que hubiera lugar. En caso de variacion, LAS PARTES se obligan a informar por escrito de su MORDAZA domicilio. CLAUSULA OCTAVA: IGUALDAD DE CULTO EN EL DISTRITO LA MUNICIPALIDAD, por la presente, promovera la igualdad de culto en el distrito, y propondra la igualdad en la exoneracion de tributos del Gobierno Local para el desarrollo de las MORDAZA Cristianas Evangelicas. DISPOSICIONES FINALES LAS PARTES podran ampliar, modificar y/o interpretar los alcances del convenio mediante clausulas adicionales, las que debidamente suscritas por sus representantes, formaran parte integrante del presente documento. En senal de plena aceptacion y absoluta conformidad, las partes suscriben el presente convenio en dos ejemplares de identico tenor y efecto legal, en la MORDAZA de MORDAZA, a los 15 dias del mes de octubre del 2003. POR LA MUNICIPALIDAD MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR LA UNION DE MORDAZA CRISTIANAS EVANGELICAS DEL PERU (Firma) 07754

rior al aviso de la Convocatoria para la Adquisicion de Combustible -Periodo 2004-, la cual se efectuo el dia 24.01.2004; Que, con documento senalado en la parte introductoria, el Comite Especial para la Adquisicion de Combustible Periodo 2004, solicita que en merito al documento senalado en el considerando precedente, se proceda a la nulidad del MORDAZA y se proceda a realizar una nueva convocatoria; Que, dentro del MORDAZA legal, el Articulo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, estan las causales para declarar la nulidad, cuando el acto administrativo contravenga las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento, o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; siendo facultad para declarar la nulidad ademas del tribunal, a entidad respectiva; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el D.S. Nº 012-2001-PCM, en concordancia con las atribuciones conferidas por los incisos 1) y 6) del Art. 20º, asi como del articulo 453º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades-; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad de la Convocatoria del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004MVES, cuyo objeto es la adquisicion de combustible para el ano 2004. Articulo 2º.- Remitir, lo actuado al Comite Especial de Adquisicion de Combustibles a fin de que proceda a efectuar una nueva convocatoria, a efectos de llevar a cabo la Licitacion Publica Nº 001-2004-MVES. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07782

Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa publica referente a la adquisicion de camionetas para seguridad ciudadana
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 351-2004-ALC/MVES

Declaran nulidad de MORDAZA de licitacion publica convocado para la adquisicion de combustible en el periodo 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 297-2004-ALC/MVES

MORDAZA El MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2004 Visto: El Informe Nº 021-2004-CEP/MVES de fecha 12.3.2004, suscrito por los Miembros del Comite Especial Permanente para Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia de Bienes y Servicios de esta Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 212-2004ALC/MVES de fecha 20.1.2004, se aprobaron las bases del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 00022004-MVES, "ADQUISICION DE CINCO CAMIONETAS PICK-UP PARA SEGURIDAD CIUDADANA" cuyo valor referencial total es: S/.322,525.00 (TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL, QUINIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES) incluido I.G.V.; Que, con documento senalado en la parte introductoria, el Comite Especial comunica al Despacho de Alcaldia, sobre el desarrollo del MORDAZA de Licitacion MORDAZA senalado, el mismo que se encuentra en la etapa de: Absolucion de Consultas, Observaciones e Integracion de Bases; asimismo ha considerado en las mismas, Unidades Vehiculares de fabricacion no menores al ano 2002; Que, con Informe Nº 095-2004/FSC/DIRSEC/MVES del 15.3.2004, el Responsable de la Funcion de Seguri-

MORDAZA El MORDAZA, 19 de marzo del 2004 Visto: El Informe Nº 07-2004-CE.LC/MVES de fecha 23.2.2004, suscrito por los Miembros del Comite Especial para la Adquisicion de Combustible periodo 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 056-2004ALC/MVES de fecha 20.1.2004, se aprobaron las bases del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0012004-MVES, para la adquisicion de Combustible periodo 2004; Que, el dia 19.02.2004, el Comite Especial ha recibido el Oficio Nº A-314-2004-(GTN/MON) de CONSUCODE, como Organo ha planteado la nulidad del MORDAZA, fundamentandose en que la Resolucion de Alcaldia Nº 084-2004-ALC/MVES del 26.2.2004, que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA se ha emitido con fecha poste-