Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2003 (16/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 171

MORDAZA, martes 16 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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X. DEL LUGAR Y FECHA Las Audiencias Publicas Regionales se llevaran a cabo en el lugar y fecha que se informe mediante el aviso de convocatoria. XI. DEL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA Articulo 8º.- En la fecha y hora programadas, se MORDAZA inicio a las Audiencias Publicas Regionales, las que se instalaran en presencia de un Notario Publico; acto seguido, el Presidente de la Region Callao MORDAZA cuenta de los Logros y Avances durante el periodo, conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales. La poblacion que acude a las audiencias podra realizar las preguntas que considere necesarias, en el MORDAZA de los temas expuestos, por escrito anotando su nombre, su direccion, su DNI y la firma correspondiente, la Region contestara por escrito dichas preguntas, en los cinco primeros dias utiles despues de realizada cada una de las Audiencias. Articulo 9º.- No esta permitido interpelar a la autoridad en la Audiencia Publica, cualquier desorden que se produzca durante la disertacion del Presidente, el conductor de la Audiencia ordenara el retiro de los ciudadanos causantes del desorden, si persiste el desorden el Gobierno Regional podra dar por concluida la Audiencia Publica, dandola por ejecutada. Articulo 10º.- El Gobierno Regional, publicara en su MORDAZA Web y a traves de los medios de comunicacion, un resumen ejecutivo de los resultados de la Audiencia Publica. 13. DISPOSICION TRANSITORIA Por unica vez y teniendo en cuenta que la Descentralizacion es un MORDAZA politico administrativo, que conlleva el cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, fundamentalmente en lo que concierne a la participacion ciudadana, las Audiencias Publicas Regionales correspondientes al presente ano, se ejecutaran en las fechas y horas senaladas en los distritos del Callao y La Perla. MORDAZA, diciembre del 2003 23376

literal d) del articulo 42º de la Ley Nº 27783, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de acuerdo a lo que establece la Ley Nº 27209 Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales formularan y aprobaran sus presupuestos institucionales en concordancia con la Constitucion Politica del Peru y las normas que se establecidas para tal fin; Que, conforme a lo establecido en el articulo 1º de la Ley Nº 27630, los recursos que perciban las Municipales por el Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN), seran utilizados integramente para los fines que determinen los Gobiernos Locales, en porcentajes para gasto corriente e inversiones, por Acuerdo de su Concejo Municipal; Que, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico ha aprobado, mediante la Resolucion Directoral Nº 0202003-EF/76.01, la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01 - Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004, y el Instructivo Nº 020-2003EF/76.01 - Instructivo para la Programacion Participativa del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Locales ano fiscal 2004; Que, de acuerdo al numeral 16) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal aprobar el presupuesto anual dentro de los plazos senalados por la Ley; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 22º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ejercicio Fiscal 2004, Ley Nº 27209 - Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta y contando con el MORDAZA por Unanimidad de los miembros del Concejo Municipal; ACORDO: Articulo 1º.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad del distrito de Chorrillos para el periodo comprendido entre el 1 de en enero y el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2004. Articulo 2º.- El Presupuesto de Ingresos asciende al monto de S/. 36'318,866.00 (Treinta y Seis Millones Trescientos Dieciocho Mil Ochocientos Sesenta y Seis con 00/100 Nuevos Soles), como consta en el Formato A-1 consolidado de Ingresos por Grupo Generico y Especifico del Ingreso. El Presupuesto de Gastos asciende al monto de S/. 36,318,866.00 (en el cual se ha considerado para gastos de inversion el 100% de la transferencia del Fondo de Compensacion Municipal) como consta en el Formato A-3, consolidado de Egresos por Grupo Generico y Especifico del Gasto, ambos consolidados forman parte integrante del presente Acuerdo. Articulo 3º.- Fijar para el ejercicio fiscal 2004, la utilizacion del 100% para gastos de inversion de los siguientes recursos: Fondo de Compensacion Municipal, Canon Minero, Canon Pesquero, Canon Hidroenergetico, Canon Forestal, Participacion en Renta de Aduana y Derecho de Vigencia de Minas. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la remision del presente Presupuesto Institucional de Apertura 2004 a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su consolidacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 23315

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura de la municipalidad para el Ano Fiscal 2004
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2003-MDCH

Chorrillos, 11 de diciembre de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el "Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2004 de la Municipalidad del distrito de Chorrillos", remitido segun Informe Nº 014-2003-OPyP-MDCH, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo en el numeral 1) del Art. 192º de la Constitucion Politica del Peru, y lo dispuesto en el