Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2002 (28/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de octubre de 2002

a) Recibir y distribuir la correspondencia que tenga como destinatarios a la Alta Direccion y demas funcionarios y servidores de la Institucion. b) Registrar, numerar, publicar y archivar las resoluciones, directivas y circulares emitidas, distribuyendolas cuando corresponda. c) Recabar los expedientes y demas documentacion proveniente del Tribunal Fiscal para su posterior remision a los demas organos de la SUNAT. d) Elaborar, de ser el caso, y tramitar los proyectos de las resoluciones de autorizacion de viaje al exterior de los funcionarios de la SUNAT. e) Autenticar las transcripciones y copias de documentos de la SUNAT que hayan sido firmados por funcionarios de la Institucion, para su envio a organos externos. Articulo 34º.- La Division de Archivo Central es un organo directamente dependiente de la Secretaria General, y se encarga de asegurar la adecuada conservacion y custodia del acervo documentario de la Institucion, asi como de brindarle los servicios archivisticos necesarios. Articulo 35º.- Son funciones de la Division de Archivo Central: a) Recibir, clasificar, conservar y custodiar la documentacion y/o informacion de la Institucion, incluyendo los documentos tributarios presentados por los contribuyentes en los bancos y en los distintos organos de la Institucion; asi como de las Declaraciones Unicas de Aduanas, provenientes de los Despachos Aduaneros, ejecutados en las Intendencias. b) Administrar, conservar y custodiar la informacion contenida en medios magneticos opticos. c) Presentar los proyectos de normas de caracter metodologico, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la legislacion archivistica vigente, para su aplicacion a nivel nacional, asi como evaluar su cumplimiento. d) Presentar el Plan Anual de Eliminacion y Transferencia de Documentos. Asimismo, proponer las modificaciones del Programa de Control de Documentos al Comite de Evaluacion de Documentos para conducir el MORDAZA de formulacion de este programa. e) Proporcionar y brindar los servicios archivisticos a los diferentes organos internos, instituciones publicas y contribuyentes que lo requieran. f) Determinar y establecer las normas complementarias a la legislacion archivistica de la Institucion. g) Almacenar informacion aplicando tecnologia moderna; asi como administrar los medios opticos generados por el Centro de Digitalizacion de documentos del Archivo Central para descongestionar y brindar informacion oportuna. h) Mantener actualizado el fondo documental de la Institucion. i) Supervisar la prevencion, conservacion y seguridad de la documentacion o informacion en custodia. j) Coordinar con el Archivo General de la Nacion las acciones normativas sobre legislacion archivistica. Articulo 36º.- El Instituto de Administracion Tributaria y Aduanera es un organo directamente dependiente de la Superintendencia Nacional, y se encarga de formar, capacitar y especializar al personal de la Institucion, desarrollar y brindar cursos de capacitacion en materia tributaria y aduanera dirigidos al publico en general. Asimismo, se encarga de realizar trabajos de investigacion en materia tributaria y aduanera. El Jefe del Instituto es el funcionario de mas alto nivel del mismo y el responsable de este. Articulo 37º.- Son funciones del Instituto de Administracion Tributaria: a) Elaborar y proponer los planes y programas de capacitacion en temas aduaneros y tributarios, en funcion de las necesidades de capacitacion detectadas, y ejecutarlos segun lo aprobado. b) Evaluar el mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos de su competencia funcional, e implementar las acciones preventivas y correctivas correspondientes. c) Elaborar y proponer los planes de capacitacion de los puestos funcionales de la Institucion. d) Elaborar y actualizar las normas e instrumentos tecnico-pedagogicos, y supervisar su aplicacion. e) Coordinar con entidades publicas y privadas, nacionales o del exterior, a efectos de promover convenios de cooperacion en materia de capacitacion tributaria y aduanera, asi como becas de estudio.

f) Coordinar y ejecutar las actividades de formacion de instructores y docentes internos. g) Llevar a cabo proyectos de investigacion academica y de desarrollo educativo . h) Prestar los servicios bibliograficos y documentales a traves de la biblioteca institucional y elaborar los reglamentos correspondientes. i) Generar y conservar la documentacion, registros y archivos que se deriven de la realizacion de actividades academicas. j) Elaborar las resoluciones, directivas y circulares de su competencia.

CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE LINEA
Articulo 38º.- La Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales es un organo directamente dependiente de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, y se encarga de, en relacion a los contribuyentes que componen su directorio, ejecutar las politicas y estrategias de la SUNAT vinculadas a tributos internos, asi como aplicar sanciones y resolver reclamaciones . Tratandose de los actos relativos a la imputacion de responsabilidad solidaria, asi como del MORDAZA contencioso derivado de estos, la competencia de esta Intendencia se extendera a los deudores tributarios vinculados a los contribuyentes de su directorio, a nivel nacional. El Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales es el funcionario de mas alto nivel de esta Intendencia y el responsable de la misma. Articulo 39º.- Son funciones de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales: a) Formular planes operativos respecto a los contribuyentes de su Directorio, para lograr eficientemente las metas senaladas. b) Administrar el MORDAZA de control y recuperacion de la deuda tributaria de los contribuyentes que componen su Directorio. c) Programar y ejecutar las acciones de fiscalizacion dirigidas a los contribuyentes identificados, propuestos y remitidos por la Gerencia de Programacion y Gestion de Fiscalizacion y a los contribuyentes identificados en el MORDAZA del Plan Operativo de la Intendencia. d) Emitir los valores, notificaciones y comunicaciones de su competencia. e) Aplicar los criterios establecidos para la ejecucion de las acciones coercitivas y la aplicacion de medidas cautelares, de acuerdo a los lineamientos aprobados. f) Emitir las resoluciones de cierre, comiso e internamiento temporal de vehiculos; asi como dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial. g) Investigar aquellos casos en los que se presuma comision de delito tributario. h) Resolver los recursos de reclamacion admitidos a tramite. i) Elevar al Tribunal Fiscal los recursos de apelacion admitidos a tramite, asi como los Recursos de Queja de su jurisdiccion. j) Interponer, contestar o realizar cualquier otra accion o tramite relacionado con el MORDAZA de demanda contencioso administrativa que corresponda a los contribuyentes de su Directorio, en representacion de la SUNAT ante la autoridad administrativa o judicial. k) Defender los intereses de la Administracion Tributaria frente a los contribuyentes de su directorio, en la MORDAZA instancia del MORDAZA contencioso-tributario. l) Elevar al Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, los recursos de Apelacion referidos a solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinacion de la deuda tributaria. m) Efectuar las acciones de atencion y orientacion que requieran los contribuyentes de su directorio. n) Informar a la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario sobre el desempeno de los sistemas y procedimientos de control y recuperacion de la deuda, fiscalizacion y devoluciones aplicados. o) Proponer a la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario las altas y bajas de su directorio. p) Informar a la Intendencia Nacional Juridica cuando exista deficiencia, vacio o falta de precision en las normas tributarias, formulando las propuestas correspondientes para la modificacion de las normas tributarias. q) Emitir las resoluciones de su competencia. r) Emitir los informes tecnicos referidos a la cesion de Convenios de Estabilidad Juridica que solicite el Ministerio