Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2002 (24/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de octubre de 2002

Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO
RUC 20386258024 20416171875 20501458164 20262463771 20503840121 RAZON SOCIAL ARBOIL S.A.C. CORPORACION DE COMBUSTIBLES Y DERIVAD.SA HERCO COMBUSTIBLES S.A. ORGANIZACION DE NEGOCIOS MULT.FERUSH SRL REPSOL COMERCIAL SAC

CTAR
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa publica para adquisicion de semillas de pastos anuales y perennes para el Proyecto "Sierra Verde" de la Direccion Regional Agraria MORDAZA
MINISTERIO DE AGRICULTURA DIRECCION REGIONAL AGRARIA - MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL AGRARIA Nº 0163-2002-DRA-OAJ/J Huancayo, 11 de octubre de 2002 VISTO: El Informe Nº 002-2002-DRA/J-OA-CEAC del Presidente del Comite Especial de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Regional Agraria MORDAZA, sobre acuerdos adoptados con relacion al MORDAZA de Concurso de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica para adquisicion de Semillas de Pastos para el Proyecto "Sierra Verde"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 002-2002-DRA-OAJ/J se aprobo las Bases Administrativas para el Concurso de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica para adquisicion de Semillas de Pastos Anuales y Perennes para el Proyecto "Sierra Verde", llevandose a cabo el correspondiente MORDAZA de Seleccion de acuerdo al cronograma fijado en dichas Bases y dentro del MORDAZA del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento - D.S. Nº 013-2001PCM, cuya apertura de sobres se realizo el dia 9 de octubre ultimo, pero no se produjo la Adjudicacion de la Buena Pro por razones que se mencionan mas adelante; Que, de acuerdo con el Acta de fecha 9 de octubre del 2002, suscrita por los miembros del Comite Especial y el Informe enunciado en el Visto, la publicacion de la convocatoria se efectuo en el diario local "Primicia" y no en el Diario Oficial El Peruano como debia ser conforme asi lo establece taxativamente el Art. 86º del D.S. Nº 0132001-PCM, presentando sus ofertas tres postores por Mesa de Partes de la institucion, y la Apertura de Sobres se realizo con la presencia de un solo postor no obstante que de acuerdo al Art. 59º concordante con el Art. 89º del mismo Reglamento tenian que estar presentes todos los postores que presentaron sus Propuestas, asi como tambien los postores ofertaron sus propuestas mayormente para un solo item que es de Dactylis, dejando de lado el item para MORDAZA Forrajera, y ademas sus propuestas economicas superaban los valores referenciales senalados en las Bases; Que, conforme se tiene anotado en el considerando precedente, durante el MORDAZA de Seleccion se ha incurrido en vicios administrativos por haber contravenido las disposiciones expresas de la Ley y prescindir de la forma prescrita por la normatividad vigente, como es el de no haberse publicado en el Diario Oficial El Peruano, lo cual es causal de nulidad establecida en el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM; por cuya razon no se adjudico la Buena Pro a ningun postor; Que, con la finalidad de corregir los vicios advertidos en dicho MORDAZA de Seleccion, se hace necesario declarar la Nulidad de Oficio mediante el presente acto administrativo de conformidad con lo establecido en el Art. 26º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, debiendo retrotraerse el MORDAZA de Seleccion hasta el estado de la convocatoria y la publicacion se efectuara en el Diario Oficial El Peruano, comunicandose asimismo a las instancias administrativas respectivas de acuerdo a las normas vigentes;

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Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones de principales contribuyentes de la Oficina Zonal San MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 145-2002-SUNAT MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 140-2001/SUNAT, se realizaron algunas modificaciones en los directorios de Principales Contribuyentes de las diferentes dependencias de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que la citada Resolucion de Superintendencia establecio el lugar donde los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal San MORDAZA deben cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; Que a efectos de facilitar el cumplimiento de las citadas obligaciones tributarias es conveniente modificar el lugar de ubicacion de la Oficina Zonal San Martin; En uso de las facultades conferidas en los articulos 29º y 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias; el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT; y el inciso k) del articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 04198/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituyase la linea Nº 14 de la tabla contenida en el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 140-2001/SUNAT, referida al lugar donde los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal San MORDAZA deben cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos y realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; de acuerdo al siguiente detalle:
DEPENDENCIA ANEXO Nº LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES Jr. San MORDAZA de la MORDAZA Nº 160, distrito de Tarapoto, provincia de San MORDAZA, departamento de San Martin.

OFICINA ZONAL SAN MORDAZA

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 18794