Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2002 (15/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 15 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Aprueban contratacion de suministro de combustible para la flota vehicular de la Sede Central del Consejo Nacional de Inteligencia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 214-2002-CNI Chorrillos, 11 de octubre de 2002 VISTO: El Memorandum Nº 443-2002-OGPPA-CNI, de fecha 9 de octubre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Inteligencia convoco a una Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-CNI a efectos de contratar a una empresa que suministre combustible para la flota vehicular de la Sede Central del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI), otorgandose la Buena Pro a la empresa Negociaciones Talur S.A.C., procediendo a suscribirse el Contrato de Suministro de Combustible Nº 001-2002-CNI-DIA-UA, de fecha 15 de febrero de 2002; Que, mediante Carta Notarial de fecha 30 de setiembre del 2002, el Consejo Nacional de Inteligencia se vio en la necesidad de ejercer su derecho de resolver el contrato MORDAZA senalado, debido al incumplimiento de la empresa suministrante; Que, es necesario convocar a un MORDAZA se seleccion para contratar a una empresa que cubra las necesidades de combustible de la flota vehicular de la Institucion; Que, es imprescindible contar con el suministro de combustible durante el plazo que demandara la realizacion del citado MORDAZA de seleccion, que permita el desarrollo normal de las funciones de la Entidad destinadas a proporcionar al Presidente de la Republica la inteligencia estrategica del mas alto nivel, para la toma de decisiones relacionada con la Seguridad y el Desarrollo Nacional; Que, por lo expuesto, se configura la Situacion de Urgencia prevista en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, pues la ausencia del suministro de combustible comprometeria en forma directa las acciones de inteligencia MORDAZA senaladas, conforme a lo opinando por la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, y Direccion de Asesoria Juridica; Estando a la visacion de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, y de la Direccion de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Ley Nº 27479 y su modificatoria; por el Decreto Supremo Nº 093-2001-PCM, y por la Resolucion Suprema Nº 335-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de urgencia la contratacion del suministro de combustible para la flota vehicular de la Sede Central del Consejo Nacional de Inteligencia. Articulo 2º.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa, por tratarse de una situacion de urgencia, la contratacion del suministro de combustible de la flota vehicular de la Sede Central del Consejo Nacional de Inteligencia, por un periodo de sesenta dias. Articulo 3º.- El monto referencial estimado para la contratacion del suministro de combustible, referido en el articulo que precede, es de S/. 122,700.00 (ciento veintidos mil setecientos y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 4º.- ENCARGAR a la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, adopte las acciones correspondientes para la contratacion del suministro de combustible.

Articulo 5º.- La presente Resolucion sera puesta en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia 18198

SUNARP
Institucionalizan programas de actividades para la difusion de la cultura registral bajo la denominacion de "Agenda SUNARP"
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 456-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 11 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, es funcion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, establecer politicas de difusion y de acercamiento del servicio publico registral a la comunidad, promoviendo el desarrollo sostenido de una cultura registral; Que, es necesario ampliar los espacios de comunicacion entre la SUNARP y los usuarios del Servicio Registral, como un mecanismo que permita facilitar el acceso de los titulos al registro y, ademas, como una forma de difusion de los requisitos y procedimientos establecidos en nuestra normatividad vigente; Que, la SUNARP cuenta con una plana de Funcionarios, Registradores y Vocales del Tribunal Registral, cuya experiencia, conocimiento y capacidad pueden ser empleados en el desarrollo de actividades pedagogicas y de divulgacion; Que, debe aprovecharse al MORDAZA la infraestructura disponible en distintas sedes para realizar eventos de difusion sin costos adicionales para el presupuesto asignado; Estando a las consideraciones que anteceden y a las facultades que confiere el articulo 7º inciso v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Institucionalizar los programas de actividades para la difusion de la cultura registral, bajo la denominacion de "Agenda SUNARP", como un espacio de divulgacion y dialogo para la promocion y desarrollo de la cultura registral en las distintas Zonas Registrales a nivel nacional. Articulo 2º.- La preparacion del contenido de la "Agenda SUNARP", sera de responsabilidad de los Coordinadores Academicos de cada MORDAZA Registral, con la aprobacion de la Jefatura Zonal correspondiente, teniendo en cuenta la infraestructura disponible y dando preferencia a la participacion de Funcionarios y Registradores de la MORDAZA Registral en calidad de expositores, asi como de Vocales del Tribunal Registral en las ciudades que son sedes de sus Salas. Dicha programacion debera ser remitida a la Escuela de Capacitacion Registral de la SUNARP, a mas tardar el dia 15 del mes anterior a su publicacion. Articulo 3º.- La Escuela de Capacitacion Registral coordinara con el Area de Imagen Institucional y Relaciones Publicas, a efectos de dar la difusion debida a la "Agenda SUNARP", en forma mensual, incluyendo la programacion de cada una de las Zonas Registrales. Igualmente, corresponde a la Escuela de Capacitacion Registral remitir informes mensuales a la Alta Direccion de la SUNARP, sobre la ejecucion de los programas a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 18040