Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2002 (08/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2002

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Modificacion del Acuerdo Nº 002/001 expedido en Sala Plena de 24.1.2002, que establece el caso en que no procede iniciar un procedimiento administrativo sancionador ACUERDO Nº 010/007 21 de junio de 2002 El Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad, Acordo: Modificar, en su parte resolutiva, el Acuerdo Nº 002/001 de Sala Plena, expedido el 24.1.2002, en concordancia a lo dispuesto por el Articulo 235º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444-, estableciendose que en los casos que las Entidades, luego de efectuados los requerimientos respectivos, no cumplan con remitir la informacion o documentacion sustentatoria de los hechos que se ponen en conocimiento del Tribunal y que puedan dar lugar a una aplicacion de sancion, omitiendo, total o parcialmente, la MORDAZA de los antecedentes administrativos y/o el Informe de su asesoria tecnica y/o legal, de modo tal que impidan la debida tipificacion administrativa de los hechos denunciados y dificulten la determinacion de circunstancias que ameriten la iniciacion del procedimiento correspondiente, el Tribunal mediante Acuerdo decidira la "suspension del procedimiento administrativo sancionador, disponiendo el archivamiento provisional del expediente, bajo responsabilidad de la Entidad". Simultaneamente, se comunicara dicho incumplimiento a la Contraloria General de la Republica y se efectuara la denuncia penal correspondiente. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS.: MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS CABIESES MORDAZA MORDAZA CARDICH MORDAZA MORDAZA WENDORFF MORDAZA 12009 Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ampliacion del Acuerdo Nº 008/005 expedido en Sala Plena de 9.5.2002, que establece la nulidad por incumplimiento del Art. 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en casos de exoneraciones por situacion de urgencia ACUERDO Nº 011/007 21 de junio de 2002 El Tribunal, luego del debate correspondiente, por mayoria y con la abstencion del Dr. MORDAZA MORDAZA Cardich, Acordo: Establecer que constituye causal de nulidad de los procesos de seleccion, los casos en que habiendose declarado en situacion de urgencia o de emergencia de acuerdo a ley, las Entidades incumplan lo dispuesto por el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013.2001.PCM. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS.: MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS CABIESES MORDAZA MORDAZA MORDAZA WENDORFF MORDAZA 12032

ESSALUD
Sancionan con destitucion a servidores de la Gerencia Departamental MORDAZA y del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 028-GP-GCRH-ESSALUD-2002 MORDAZA, 27 de febrero de 2002 VISTA: El Acta Nº 04-CPAD-ESSALUD-2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, sobre el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado mediante Resolucion de Gerencia Nº 009-GP-GCRHESSALUD-2002, referente al Expediente Nº 2001-27-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 009-GPGCRH-ESSALUD-2002, instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA Pinado MORDAZA, Tecnico de Seguridad del Centro Medico de Mala de la Gerencia Departamental MORDAZA, por presunta falta de caracter administrativo disciplinario tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, mediante Carta Nº 0025-CPAD-ESSALUD-2002 de fecha 17 de enero del ano en curso, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, procede a notificar su domicilio al servidor MORDAZA MORDAZA Pinado MORDAZA la citada resolucion, para que en el termino de ley presente su descargo, siendo recepcionada por su senora esposa el dia 23 de enero del ano en curso, conforme se desprende del cargo de recepcion que obra en folios 54, no cumpliendo con presentar su descargo; Que, del analisis y evaluacion del expediente, asi como de la documentacion que obra en el principal, se desprende que se le encuentra responsabilidad administrativa disciplinaria al servidor MORDAZA MORDAZA Pinado MORDAZA, al no haberse presentado a laborar a su centro de labores los dias 16, 17, 18, 19 y 20 de MORDAZA del ano 2001, conforme se desprende del Informe Legal plasmado en la Carta Nº 763-OAL-GDLIMA-ESSALUD-2001; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 04-CPAD-ESSALUD-2002 por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, asi como por las facultades delegadas mediante Resolucion de Gerencia General Nº 731-GG-ESSALUD-2000; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA PINADO MORDAZA, Tecnico de Seguridad del Centro Medico de Mala de la Gerencia Departamental MORDAZA, por haber incurrido en falta disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- NOTIFICAR la presente resolucion a la parte interesada con las formalidades de ley. Tercero.- De conformidad con el Articulo 207º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion, ante la Gerencia de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sita en la Av. MORDAZA Nº 1402 - Setimo Piso - MORDAZA MORDAZA, Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Personal (e) - GCRH 11941