Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2002 (11/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 11 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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miento oportuno de los proyectos y actividades programadas, el conocimiento de los avances obtenidos, la ejecucion presupuestaria, las limitaciones presentadas y las medidas correctivas implementadas. La evaluacion de los planes operativos informaticos constituyen un conjunto de procesos de analisis para determinar de forma continua en el tiempo, los avances y logros obtenidos en el periodo de evaluacion. II. ALCANCE Estan comprendidas en los alcances de la presente directiva la Direccion de Informatica, o la que haga sus veces en las entidades del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales, y Organismos Autonomos. Se incluye las Empresas Publicas. III. BASE LEGAL - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560 y ampliatorias. - Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI. - D.S.Nº 043-2001-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del INEI. - Resolucion Ministerial Nº 084-2001-EF/10 que aprueba la directiva para la Formulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2002-2006 - Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG. IV. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 Del Contenido a) Cada entidad de la Administracion Publica en base al contenido de su Plan Operativo Informatico del ano 2002, elaborara el documento de evaluacion del mismo. b) El esquema basico de MORDAZA para la Evaluacion de los Planes Operativos Informaticos se precisa en el Formato Nº 01. c) La evaluacion del Plan Operativo Informatico debera guardar relacion directa con la formulacion del Plan Operativo Informatico 2002, el mismo que debio ser remitido al INEI en atencion a la Resolucion Jefatural Nº177-2002-INEI, que aprobo la Directiva Nº 008-2002-INEI/DTNP, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2002. 4.2 De los Procedimientos a) La Direccion de Informatica de las entidades publicas o la que haga sus veces, elaborara el documento de evaluacion de su respectivo Plan Operativo Informatico. b) La evaluacion del Plan Operativo Informatico en las entidades del Gobierno Central, Regional y Local, y los Organismos Autonomos es aprobada por la MORDAZA autoridad de la entidad; y en las Empresas Publicas es aprobada por el Directorio de la Empresa o la Gerencia General. c) Para la elaboracion del informe nacional, el INEI solicitara de forma aleatoria y mediante Oficio, a una muestra de instituciones publicas, la evaluacion del Plan Operativo Informatico, el cual debera ser remitido obligatoriamente a la sede central del INEI, sito en la Av. General Garzon Nº 658 (Oficina Nº 404), MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, a mas tardar el primer dia habil del mes de enero de 2003. d) La remision del informe de evaluacion del Plan Operativo Informatico 2002, se realizara en medio fisico y magnetico (documento impreso y diskette o al correo electronico normas@inei.gob.pe). V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Las oficinas departamentales del INEI (ODEI u OZEI), ubicadas en el territorio nacional realizaran acciones de apoyo que posibiliten el cumplimiento de lo establecido en la presente Directiva. b) Las entidades comprendidas en el inciso b), numeral 4.2 de la presente Directiva, que incumplan con la MORDAZA de la Evaluacion del Plan Operativo Informatico correspondiente al ano 2002 en el plazo establecido, incurriran en falta administrativa que sera puesta a conocimiento del titular de la respectiva institucion. c) Las actividades o proyectos no considerados en el Plan aprobado, son susceptibles de evaluacion, previo informe justificatorio dirigido a la MORDAZA autoridad institucional para su inclusion en el respectivo Plan. La MORDAZA de dicho informe y de su aprobacion deberan adjuntarse al documento de evaluacion del Plan Operativo Informatico, segun sea el caso. d) La remision de la evaluacion del Plan Operativo Informatico 2002 al INEI, no excluye el cumplimiento de las normas internas de control institucional.

e) Para las consultas pertinentes, queda a disposicion de las entidades publicas el correo electronico: normas@inei.gob.pe. 14307

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Delegan administracion de vias del Sistema Vial Metropolitano a la Municipalidad Distrital de Miraflores, para efectos de aplicacion de la Ordenanza Nº 210
DECRETO DE ALCALDIA Nº 093
MORDAZA, 2 de agosto de 2002 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Concejo Metropolitano de MORDAZA, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 210 de fecha 29 de diciembre de 1998, aprobo el Reglamento para Publicidad Exterior en la provincia de Lima; Que, conforme a lo previsto en el Titulo V, Capitulo II, Primera Disposicion Final de la indicada Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldia, el MORDAZA Metropolitano podra delegar a las Municipalidades Distritales que lo soliciten y acrediten contar con la infraestructura y recursos necesarios, la administracion de vias a cargo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme a lo establecido en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 127 y Nº 341, del Sistema Vial Metropolitano de Lima; Que, el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Miraflores, con Oficio Nº 194-2002-MM/AL, ha solicitado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se delegue en la Municipalidad Distrital de Miraflores la administracion de vias que a la fecha se encuentran bajo la administracion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, expresando y acreditando contar con la infraestructura y recursos necesarios; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 210 con la visacion conforme de la Direccion Municipal Administrativa, la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA y la Direccion General de Asuntos Juridicos; DECRETA: Articulo Unico.- Deleguese en la Municipalidad Distrital de Miraflores, para los efectos de la aplicacion de la Ordenanza Metropolitana Nº 210, Reglamento que regula la Publicidad Exterior en la provincia de MORDAZA, la administracion de las vias que conforme a las Ordenanzas Metropolitanas Nº 127 y Nº 341, que aprueban el Sistema Vial Metropolitano, estan a cargo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, exceptuandose del regimen delegado los derechos de via de las avenidas Paseo de la Republica y Arequipa; Circuito de Playas, Bajada de Armendariz-Costa MORDAZA y los intercambios viales involucrados en dichas vias. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 14335

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Ordenanza sobre canje de deudas tributarias y no tributarias
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Secretaria General de la Municipalidad de El MORDAZA mediante Oficio Nº 0456-SG-2002-MDEA, recibido el 9 de agosto de 2002)

ORDENANZA Nº 104-MDEA
El MORDAZA, 13 de marzo de 2001