Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2001 (20/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 240-2000-SUNASS se amplia el plazo de la etapa preparatoria del sistema tarifario, autorizando a las EPS a solicitar un reajuste en sus tarifas; Que, la empresa EMAPA SAN MORDAZA S.A. ha solicitado: i) un reajuste tarifario, para lo cual ha observado el procedimiento y adjuntado los documentos a que se refiere la Resolucion Nº 150-99-SUNASS; y, ii) la aprobacion de la estructura tarifaria de las localidades de Bellavista y Tocache, MORDAZA bajo administracion reciente de la empresa; Que, al ser evaluada la solicitud de la empresa EMAPA SAN MORDAZA S.A., se concluye que es procedente autorizar: i) un reajuste tarifario diferenciado por localidades en las tarifas de agua potable que cobra la empresa, a fin de compensar la reduccion de sus ingresos por efecto de la aplicacion de la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario, asi como atender sus obligaciones prioritarias de costos y gastos desembolsables, las financieras y las inversiones con recursos propios que permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial; ii) la incorporacion de las estructuras tarifarias de las localidades de Bellavista y Tocache; Que, por otro lado se aprecia que en las estructuras tarifarias de EMAPA SAN MORDAZA S.A., no se ha incorporado la categoria Social y Estatal, razon por la que es necesario efectuar las modificaciones correspondientes a fin de incorporar dichas categorias, creandose para el caso de la categoria Estatal, dos rangos de consumo; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en las sesiones de fecha 14 de agosto del ano 2001 y 12 de setiembre del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el Anexo Nº 14A de la Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, de fecha 29 de diciembre de 1999 y el Anexo Nº 3 de la Resolucion de Superintendencia Nº 169-2000-SUNASS, de fecha 12 de MORDAZA del 2000, en las que se establecen las estructuras tarifarias de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San MORDAZA Sociedad Anonima ­ EMAPA SAN MORDAZA S.A., conforme al Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la empresa EMAPA SAN MORDAZA S.A., a efectuar un reajuste tarifario para las localidades de Tarapoto, MORDAZA, Juanjui, Lamas, Saposoa, San MORDAZA de Sisa, Bellavista y Tocache hasta los niveles maximos que figuran en el Anexo Nº 2 de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio y la Gestion Empresarial 2001 - 2002 de EMAPA SAN MORDAZA S.A., las mismas que figuran en el Anexo Nº 3, de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La autorizacion concedida para el incremento de tarifas quedara sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30) dias calendario siguiente a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, EMAPA SAN MORDAZA S.A. no procediera a la correspondiente aprobacion del mencionado incremento tarifario. Esta situacion no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a que se refiere el Articulo 3º de esta Resolucion. Articulo 5º.- MORDAZA de su aplicacion, las tarifas deberan ser aprobadas por la Junta General de Accionistas y publicadas en el diario o semanario encargado de la insercion de los avisos judiciales de la MORDAZA donde opera la empresa, entrando en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- El monto incluido en el calculo tarifario por concepto de inversion con recursos propios se constituira en un fondo intangible que no podra ser utilizado para otros fines, debiendo EMAPA SAN MORDAZA S.A. destinar mensualmente un 11.1% de los ingresos recaudados para la formacion progresiva del Fondo Intangible MORDAZA indicado. Articulo 7º.- Dicho fondo podra ser utilizado en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente sustenta-

do, con cargo a reponer el monto utilizado en el mas breve plazo, con conocimiento de la SUNASS. Articulo 8º.- Disponer se celebre el Convenio de Gestion con EMAPA SAN MORDAZA S.A., a fin de lograr se cumplan con las metas aprobadas en la presente resolucion, el mismo que sera suscrito por el Gerente General de la SUNASS. Articulo 9º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo
ANEXO Nº 1 EPS EMAPA SAN MORDAZA S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado A.- Servicio de agua potable 1.- Localidad de Tarapoto Categoria Rangos Consumo Asignacion de Consumo Tarifas Minimo de Consumo m3/mes S/. / m3 m3/mes m3/mes 0 a mas 0 a 25 26 a mas 0 a 30 0.7840 0.7840 1.5680 1.1200 5 10 12 25 40 30 50 60 100 100 200 25 50

Social Domestica

Comercial 12 Industrial Estatal 31 a mas 0 a 100 101 a mas 0 a 25 26 a mas 2.2400 1.6016 3.1920 0.7840 1.5680 40 20

2.- Localidades de MORDAZA y Juanjui Categoria Rangos MORDAZA de Consumo Tarifas m3/mes S/. / m3 0 a mas 0 a 20 21 a mas 0 a 30 0.7952 0.7952 1.5792 1.0864 Juanjui Tarifas S/. / m3 0.5152 0.5152 1.0304 0.8288 Consumo Asignacion Minimo de Consumo m3/mes m3/mes 4 8 10 20 40 30 50 60 100 100 200 20 50

Social Domestica

Comercial 31 a mas 0 a 100 101 a mas 0 a 20 21 a mas 2.1504 1.2880 2.5648 0.7952 1.5792 1.6576 1.3440 2.2848 0.5152 1.0304

12

Industrial Estatal

40 20

3.- Localidad de Lamas Categoria Rangos Consumo Asignacion de Consumo Tarifas Minimo de Consumo m3/mes S/. / m3 m3/mes m3/mes 0 a mas 0 a 20 21 a mas 0 a 30 0.7650 0.7650 1.5300 1.3713 4 4 10 20 40 30 50 60 100 50 200 20 50

Social Domestica

Comercial 31 a mas 0 a 50 51 a mas 0 a 20 21 a mas 2.7426 1.3713 2.7426 0.7650 1.5300

10

Industrial Estatal

20 20