Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2000 (16/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de noviembre de 2000

capacidad de brindar un adecuado servicio de limpieza en su jurisdiccion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA puede asumir temporalmente dicho servicio cuando lo solicite el MORDAZA Distrital, el Concejo Distrital o por lo menos la tercera parte de la poblacion afectada. Asimismo, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA puede asumir temporalmente dicho servicio en el caso que la carencia o el defecto del mismo amenace producir perjuicio a la salud de los habitantes de los distritos colindantes o atente contra el ornato de la ciudad. Articulo 54º.- Economia de escala. Las municipalidades Distritales colindantes o conformantes de una MORDAZA de la MORDAZA capital pueden celebrar convenios para la contratacion de servicios con un solo operador con el objeto de reducir los costos, aumentar la eficiencia del servicio o mejorar su calidad. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA promueve la celebracion de tales convenios. TITULO VI DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 55º.- Registro de las Prestaciones. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con el fin de regular y fiscalizar el manejo de los residuos solidos dentro de la provincia de MORDAZA, llevara un registro de: 1. Los contratos de prestacion de servicios de manejo de residuos solidos, suscritos entre las municipalidades distritales y las empresas prestadoras de tales servicios, estas ultimas debidamente registradas en el Ministerio de Salud. 2. Los contratos de prestacion de servicios de manejo de residuos solidos, suscritos entre los generadores de residuos especiales y/o peligrosos, con empresas prestadoras de tales servicios, estas ultimas debidamente registradas en el Ministerio de Salud. 3. Las personas naturales o juridicas segregadoras de desechos solidos organicos y/o inorganicos debidamente registradas en el Ministerio de Salud. Para cumplir con tal proposito, las Municipalidades de la provincia de MORDAZA, los prestadores de servicios a los generadores de residuos solidos especiales y peligrosos, y las personas naturales o juridicas segregadoras de desechos solidos organicos y/o inorganicos, dentro de los 30 dias calendario siguientes de la fecha de suscripcion del contrato de servicio inicial o sus modificaciones, o de haberse registrado ante el Ministerio de Salud, deberan remitir a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA de los documentos que acrediten los referidos actos. Articulo 56º.- Prestacion de servicios. Los contratos de servicios de manejo de residuos solidos que suscriban las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA con las empresas prestadoras, podran ser por: 1. La recoleccion de residuos solidos o aseo de espacios y vias publicas. 2. Transferencia y Transporte de residuos solidos a traves de una Planta de Transferencia. 3. Tratamiento de residuos solidos 4. Disposicion final de residuos Solidos 5. Otros servicios relacionados al manejo de los residuos solidos en la Jurisdiccion distrital. Articulo 57º.- Aprobacion de proyectos. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme a lo establecido por la Ley Nº 27314, aprobara los proyectos de infraestructura de plantas de transferencia, tratamiento y disposicion final de residuos solidos a construirse en la provincia de MORDAZA, debiendo los interesados cumplir con el procedimiento y requisitos establecidos por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado y de la reglamentacion correspondiente. Articulo 58º.- Autorizaciones de funcionamiento. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme a lo establecido por la Ley Nº 27314, autorizara el funcionamiento de la infraestructura de plantas de transferencia, centros de acopio, plantas de tratamiento y disposicion final de residuos solidos, debiendo los interesados cumplir con el procedimiento y requisitos establecidos por el Texto

Unico de Procedimientos Administrativos aprobado y de la reglamentacion correspondiente. TITULO VII COSTOS DE LOS SERVICIOS Y SU DISTRIBUCION A TRAVES DEL ARBITRIO Articulo 59º.- Sistema de informacion de costos. Las Municipalidades de la provincia de MORDAZA deben implementar un sistema de informacion relevante y oportuna, que muestren permanentemente los costos reales de los servicios municipales de gestion de residuos solidos, limpieza publica y los de apoyo a los mismos. El sistema de informacion registrara los gastos de los servicios que preste la municipalidad por el sistema de administracion directa y los desembolsos que realice por los servicios contratados con terceros, asi como los gastos generados por las campanas de educacion ambiental, gastos de supervision, fiscalizacion y control. Tambien se registraran los ingresos en los casos de concesion (tales como derechos de explotacion, etc.). Articulo 60º.- Unidades para medir costos. El sistema de informacion de costos de los servicios de recoleccion domiciliaria, transferencia y transporte de los residuos solidos y la disposicion final de la basura, debera expresar, entre otros, el costo unitario de la Tonelada Metrica (TM) de residuos segun los tipos de servicios mencionados. El barrido de calles se expresara en Kilometro-eje (Km-eje), la recoleccion de maleza en metros cubicos (m3), la limpieza de plazas y el mantenimiento de parques y jardines en metros cuadrados (m2.). Articulo 61º.- Factores para ponderar la participacion del costo de la limpieza publica. Para distribuir los costos efectivos del servicio de limpieza publica entre los contribuyentes beneficiados se podra tener en cuenta los siguientes factores que permitirian ponderar su participacion en la distribucion del costo o servir de indices referenciales: 1. Determinacion de los volumenes y costos de los residuos recolectados por cada sector territorial determinados para fines del servicio de limpieza publica. Los volumenes de residuos solidos y los costos de los servicios podrian diferenciarse, entre los generados en inmuebles de los recolectados con el barrido de calles. 2. Dentro de cada sector territorial se podra identificar los principales generadores de residuos solidos o los que generan residuos por encima del promedio del sector con el objeto de que tengan una participacion especial. En los casos que la generacion de los residuos solidos excedan los limites establecidos, los costos involucrados en este mayor servicio seran de cargo de los usuarios generadores. 3. Caracteristicas diferenciales del servicio por cada sector territorial que pueda distinguir entre estos una mejor prestacion del servicio. 4. Valuo y uso de los predios, ubicados en cada sector territorial. 5. Indice de consumo de energia electrica, u 6. Otras formas que reflejen una correlacion con el costo real de los servicios Articulo 62º.- Explicacion del servicio por el monto de arbitrio que paga el contribuyente. Conjuntamente con la distribucion de los recibos de pago de los arbitrios u otros mecanismos, las Municipalidades deberan acompanar documento en el que se explique en forma sencilla y MORDAZA, en que consiste el servicio por el cual el contribuyente paga el arbitrio emitiendo documentos diferentes cuando en determinados sectores territoriales del distrito se brinden los servicios con mayores beneficios. Articulo 63º.- Remision de informes al SAT. A efectos de cumplir con lo dispuesto por el Articulo 69º y 69º-A del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 26724, las municipalidades de la provincia de MORDAZA deberan remitir al Servicio de Administracion Tributaria - SAT: 1. El costo efectivo de los servicios de Gestion de Residuos Solidos, en forma desagregada, producido durante el ejercicio fiscal del ano anterior.