Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2000 (13/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 13 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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Debiendo realizarse la Reunion del Grupo de Trabajo Peruano-Colombiano, preparatoria de la VIII Ronda de Conversaciones de los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Colombia, en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Republica de Colombia, del 13 al 17 de marzo del 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 0594, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 1 de marzo del 2000; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar al Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, jefe del Departamento de Colombia de la Subdireccion para Asuntos de los Paises Andinos, para que participe en la Reunion del Grupo de Trabajo PeruanoColombiano, preparatoria de la VIII Ronda de Conversaciones de los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Colombia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Republica de Colombia, del 13 al 17 de marzo del 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 411.82, viaticos US$ 1,200.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2970

Que, el literal a) del Articulo 3º de la Ley COFOPRI establece la ejecucion del Programa de Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado; Que, el literal a.5) del Articulo 3º de la Ley COFOPRI dispone que COFOPRI debe establecer sus procedimientos, las caracteristicas de los titulos y otros instrumentos que otorgue, y sus reglamentos mediante Decreto Supremo, Directivas o Resoluciones de Gerencia General; Que, resulta conveniente aprobar un reglamento que regule los Procedimientos Administrativos de Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado; Que, el reglamento debera recoger los mecanismos simplificados y desregulados empleados por COFOPRI, que incrementen el valor de los predios como consecuencia de su formalizacion, permitan a los beneficiarios acceder al credito para mejorar sus viviendas, y, ademas, sistematice y unifique en un solo cuerpo legal las directivas emitidas por COFOPRI relacionadas con la Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado, con el fin de reducir los costos de acceso de los usuarios a la informacion legal sobre la referida materia; Que, luego de varios meses de aplicacion del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, conviene establecer precisiones en el MORDAZA de formalizacion de la propiedad de manera masiva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC se aprobo el Programa Lote Familiar ­ PROFAM, instituyendo la plena vigencia de los Articulos 24º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, en virtud de los cuales se faculta a COFOPRI a desarrollar programas de adjudicacion de lotes de vivienda en terrenos estatales que identifique para dicho fin, a favor de personas de menores recursos, por lo que es necesario establecer precisiones al respecto; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, que consta de Veintiseis (26) Articulos y Seis (6) Disposiciones Complementarias y Finales. Articulo 2º.- Modifiquese el Articulo 18º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, el siguiente texto: "Articulo 18º.- (...) Posesiones Informales ubicadas sobre vias. (... ) Si el informe establece que la seccion de via indicada en el plano de trazado y lotizacion original, inscrito o no, ha variado en su seccion, siendo estas vias locales ­ calles, pasajes, jirones- y las manzanas consolidadas han adoptado un alineamiento continuo adyacente a estas vias, se procedera a modificar el plano de trazado y lotizacion correspondiente, identificando la seccion de via actual. En los casos que se requiera, se pedira informes a las empresas de servicios, respecto a la factibilidad del tendido de redes en vias menores de cuatro (4) metros. Para el caso de posesiones informales cuya posesion sea anterior a la proyeccion de redes viales, esquemas viales primarios y/o secundarios, municipales o estatales, COFOPRI podra ejecutar las acciones de formalizacion correspondientes. (... )" Articulo 3º.- Modifiquese el Articulo 28º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, en los siguientes terminos: "Articulo 28º.- Calificacion individual de los poseedores.

MTC
Aprueban el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de la COFOPRI
DECRETO SUPREMO Nº 010-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26557 y Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99MTC, en adelante Ley COFOPRI;