Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2000 (15/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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ejercicio de su derecho a presentarse en Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas, y a contratar con el Estado, entendiendose que la sancion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 2. Poner la correspondiente resolucion en conocimiento de la Gerencia de Registros, para las anotaciones de ley. 3. Declarar que la presente Resolucion es de interes publico y precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Inc. 6º del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM, del 18.4.97. 4. Devolver los antecedentes administrativos a la Entidad, para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA WILLIS; MORDAZA GONZALES; JESSEN ROJAS. 8043

tivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE 1. Autorizar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratacion del item Servicio de Ascensores y Montacargas del Concurso Publico N° 002-ESSALUD-99 a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, por un periodo de doce meses, computados desde la suscripcion del contrato. 2. Disponer que la Secretaria General informe de la presente resolucion al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la ley. 3. Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 8042

ESSALUD
Autorizan al Hospital MORDAZA Rebagliati Martins contratar el servicio de ascensores y montacargas mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 179-PE-ESSALUD-2000 MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2000 VISTA La Carta Nº 986-GLOGySERV-HNERM-ESSALUD-2000, mediante la cual la Gerencia de Logistica y Servicios del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins solicita que se autorice la contratacion del item Servicio de Ascensores y Montacargas del Concurso Publico N° 002-ESSALUD-99 "Mantenimiento de Equipos Electromecanicos", a traves del procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia; y, CONSIDERANDO Que, el numeral 1.2 del articulo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, otorga cobertura a sus asegurados y derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratacion del Servicio de Mantenimiento de Equipos Electromecanicos se convoco el Concurso Publico N° 002-ESSALUD-99, siendo en la primera convocatoria declarados desiertos al no presentarse postores, los siguientes items: I) Instalaciones Sanitarias II) Refrigeracion y Aire Acondicionado y III) Ascensores y Montacargas, lo que fue dado a conocer en el acto publico de adjudicacion, de fecha 23 de agosto de 1999, optandose ante ello por convocar nuevamente a MORDAZA de seleccion; Que, con fecha 20 de enero del ano en curso, se realizo el acto publico de adjudicacion del Concurso Publico N° 002ESSALUD-99, en MORDAZA convocatoria, procediendo el Comite Especial a declarar desierto el item Servicio de Ascensores y Montacargas, ante la ausencia de postores; Que, el inciso f) del articulo 19° de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de licitacion o concurso publico, las adquisiciones y contrataciones cuyo MORDAZA de seleccion MORDAZA sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el item Servicio de Ascensores y Montacargas del Concurso Publico N° 002-ESSALUD-99, es procedente autorizar, en via de excepcion, la contratacion de dicho servicio a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, de acuerdo con lo previsto en el articulo 20° de la misma norma; Que, de conformidad con lo senalado en el inciso c) del articulo 20° de la Ley N° 26850, la exoneracion de licitacion o concurso publico debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolucion de su MORDAZA autoridad; Que, segun el articulo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecu-

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Cesan trabajador del CTAR Ucayali por causal de excedencia
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 235-2000-CTAR UCAYALI-P Pucallpa, 8 de MORDAZA de 2000 Visto, el Informe Final de fecha 5 de MORDAZA del 2000, evacuado por la Presidenta de la Comision Central de Evaluacion de Rendimiento Laboral de los Trabajadores del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, la Comision del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, designada para la Evaluacion del Rendimiento Laboral del personal Nombrado de la Entidad Regional; informa que en el estricto cumplimiento al Decreto Ley Nº 26093, se procedio a efectuar el Programa de Evaluacion correspondiente al II Semestre del Ano-1999 y estando a la Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES, que aprueba la Directiva Nº 002-98-PRES, se MORDAZA el procedimiento para la Ejecucion del Programa de Evaluacion Semestral del Rendimiento Laboral de los Trabajadores de los Consejos Transitorios de Administracion Regional; Que, en el referido Informe Final, verificado y consolidado en cumplimiento al rubro VI, y habiendose culminado el MORDAZA de Evaluacion, es elevado al Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, a fin de que se apruebe mediante la Resolucion respectiva; y, En uso de las facultades conferidas mediante la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la emision de la Resolucion Suprema Nº 077-99-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, el Informe Final sobre el resultado del MORDAZA de Evaluacion del Rendimiento Laboral de los Trabajadores de la Sede Central, Gerencia Subregional de Purus, Gerencia Subregional de Raymondi-Atalaya, Gerencia Subregional de Padre AbadAguaytia y Direcciones Regionales Sectoriales, del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Ucayali, conforme a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo Segundo.- MORDAZA, por causal de EXCEDENCIA, a partir de la publicacion de la presente Resolucion, a los trabajadores administrativos del CTAR Ucayali, que a continuacion se indican, por no haber aprobado el Programa de Evaluacion, correspondiente al MORDAZA Semestre de 1999: