Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 1999 (03/11/1999)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

Pag. 179924

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de noviembre de 1999

administrar, ejecutar y evaluar la seguridad integral de los Establecimientos Penitenciarios del Pais; Que conforme al documento de visto, es conveniente clausurar el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Canta, de la Direccion Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario; Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, dispone que la clausura, entre otros, de los Establecimientos Penitenciarios, se efectuara por Resolucion Suprema del Sector Justicia a propuesta del Instituto Nacional Penitenciario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Legislativo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley del Sector Justicia y la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Clausurar el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Canta de la Direccion Regional MORDAZA, del Instituto Nacional Penitenciario. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia 13822

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal, suscrito con la Republica Federativa del Brasil
DECRETO SUPREMO Nº 058-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la Republica del Peru y la Republica Federativa del Brasil", fue suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 21 de MORDAZA de 1999; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la Republica del Peru y la Republica Federativa del Brasil", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 21 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica.

COLOCAR AVISO

COLEGIO CONTADORES PUBLICOS DE MORDAZA