Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 1999 (03/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de noviembre de 1999

Que, es necesario modificar el Art. 2º del Decreto Supremo MORDAZA mencionado, con el fin de autorizar a ENAPU S.A. que asuma el pago de la suma correspondiente a los honorarios y gastos administrativos del MORDAZA de arbitraje, sobre la discrepancia suscitada en relacion a la liquidacion del contrato de Consultoria para el "Proyecto de Desarrollo del Puerto del Callao" celebrado entre Pacific Consultants International - CESEL S.A. y el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituir el texto del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 023-99-MTC por el siguiente: Articulo 2º.- Autorizar a EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A. a transferir al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la suma de US$ 245,521.00 (Doscientos cuarenta y cinco mil quinientos veintiun dolares americanos), correspondiente a las valorizaciones, incluido los impuestos de ley, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1998 y enero de 1999, vinculados al Contrato de consultoria para el "Proyecto de Desarrollo del Puerto del Callao" celebrado con Pacific Consultants International - CESEL S.A., asi tambien a asumir el pago solo de la suma correspondiente a los honorarios y gastos administrativos del MORDAZA de arbitraje sobre la discrepancia suscitada en relacion a la liquidacion del referido contrato. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13819

cion de la Propiedad en todo el MORDAZA, con cargo de dar cuenta a la presidencia de la institucion; Que, el primer parrafo del Articulo 52º del Estatuto establece que las Directivas de caracter y/o aplicacion general aprobadas por COFOPRI seran debidamente publicadas; Que, mediante Resoluciones de Gerencia General Nº 133-99-COFOPRI/GG, se aprobo la Directiva Nº 019-99COFOPRI, sobre "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la formalizacion de la Propiedad de Asentamientos Humanos ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad"; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 255-99-COFOPRI/GG, se ha MORDAZA el ambito geografico de jurisdiccion de la Oficina Central de COFOPRI a la provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que, asimismo, por Resolucion de Gerencia General Nº 256-99-COFOPRI/GG, se ha modificado la denominacion de la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA por la de "Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA y Ascope"; Que, en merito a lo expuesto, resulta necesario que la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA y Ascope, se encargue de efectuar las actividades relacionadas a los procesos de formalizacion de la propiedad de las posesiones informales ubicadas en la provincia de Ascope, por lo que se requiere ampliar los alcances de la Directiva Nº 019-99-COFOPRI a la provincia de Ascope, departamento de La Libertad; De conformidad con lo establecido por el literal d) del Articulo 3º y el Articulo 27º del Decreto Supremo Nº 00999-MTC, los literales m) e y) del Articulo 8º y el Articulo 52º del Decreto Supremo Nº 014-98-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Directiva Nº 019-99-COFOPRI a la provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, cuya denominacion sera en adelante "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la formalizacion de la propiedad de posesiones informales en las provincias de MORDAZA y Ascope, departamento de La Libertad". Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General de COFOPRI 13717

Amplian alcances de Directiva Nº 01999-COFOPRI a la provincia de Ascope
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 257-99-COFOPRI/GG MORDAZA, 27 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, establece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las competencias correspondientes a la formalizacion de la propiedad hasta el otorgamiento de los titulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFOPRI dictara directivas que seran de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado vinculadas al MORDAZA de formalizacion de la propiedad, desde que MORDAZA notificadas; Que, segun lo establecido por el Articulo 27º de la misma MORDAZA, COFOPRI asumira competencia a traves del citado Programa de Formalizacion de la Propiedad, que se pondra en funcionamiento progresivamente en todo el MORDAZA, de acuerdo a un cronograma que establecera COFOPRI mediante Directiva; Que, segun lo establece el literal m) del Articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI esta facultado para aprobar Directivas, que establezcan el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formaliza-

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Indice de reajuste diario a que se refiere el Articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
CIRCULAR Nº 030-99-EF/90 MORDAZA, 2 de noviembre de 1999 El indice de reajuste diario, a que se refiere el Articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de noviembre es el siguiente: DIA 1 2 3 INDICE 5,47541 5,47519 5,47498