Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 1999 (06/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 1999

c.- Pago de la multa correspondiente. d.- Pago de Gastos Administrativos (constataciones, inspecciones, verificaciones, gravamenes, fotos y publicaciones). Articulo Decimo Primero.- El retiro del bien sera avalado con la suscripcion del Acta de Recepcion y/o Entrega. CAPITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente ordenanza se rige supletoriamente por: a.- La Ordenanza Nº 001-85/MLM (Ordenanza sobre acciones, infracciones y sanciones relativas a la limpieza Publica de Lima). b.- D.S. Nº 017-94/MTC. (Rgto. de Infracciones de Transito). c.- D.A. Nº 084-97/MLM (Normas Reglamentarias referidas al Retiro de Vehiculos Abandonados en la via publica). CAPITULO VI DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Deroguese cualquier otra MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza. Tercera.- Con la publicacion de la presente ordenanza quedaran notificados todos los propietarios de los vehiculos, modulos, carrocerias, chasis, autopartes de una unidad motorizada y similares que se encuentran abandonados en la via publica o areas libres para que en un plazo de 7 dias calendario procedan al retiro de los mismos, en caso contrario se les aplicaran las disposiciones establecidas por la presente ordenanza. Adicionalmente y dentro del plazo aludido anteriormente, la Municipalidad, pondra notificaciones educativas de prevencion a los bienes materia de la infraccion. Cuarta.- Facultese al Sr. MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, para que via Decreto de Alcaldia, reglamente y precise los alcances de la presente ordenanza. Encarguese al Sr. MORDAZA la respectiva publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

Prorrogan declaracion en situacion de urgencia del Programa de Vaso de Leche
ORDENANZA Nº 034/MDS Surquillo, 27 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en sesion ORDINARIA de la fecha, con el MORDAZA favorable de la mayoria legal de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, aprobo la siguiente ordenanza: PRORROGAN DECLARACION EN SITUACION DE URGENCIA DEL PROGRAMA VASO DE LECHE Articulo Primero.- PRORROGAR por cuarenta y cinco (45) dias habiles, la Declaracion en Situacion de Urgencia del Programa del Vaso de Leche, a fin de adquirir los insumos que el programa requiere. Articulo Segundo.- El plazo de prorroga se contara a partir del dia 28 de MORDAZA de 1999. Articulo Tercero.- El Comite de Adjudicaciones realizara las acciones que se requieran para el cumplimiento de lo dispuesto. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA 5893

Declaran inaplicables en la jurisdiccion del distrito las Ordenanzas Nºs. 5891 126 y 211-MML y ratifican vigencia de Facultan al MORDAZA a establecer Crono- ordenanzas distritales en materia trigrama de Pago del Impuesto Predial, butaria ORDENANZA Nº 035-MDS Tasa de Licencia de Funcionamiento y Surquillo, 29 de MORDAZA de 1999 Arbitrios
MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA ORDENANZA Nº 033/MDS Surquillo, 27 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en sesion ORDINARIA de la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente ordenanza: FACULTAN AL MORDAZA PARA FIJAR CRONOGRAMA DE PAGO DE TRIBUTOS Articulo Primero.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, establezca el Cronograma de Vencimientos del Impuesto Predial, Tasa de Licencia de Funcionamiento y Arbitrios Municipales para el ano 1999. Articulo Segundo.- El senor MORDAZA podra establecer modificaciones y prorrogar el cronograma que se apruebe mediante decreto. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA CASASSA BACIGALUPO MORDAZA 5892 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: Visto el Dictamen Nº 008-99-CALR presentado por la Comision de Asuntos Legales y Rentas en la sesion ORDINARIA de la fecha; cuyo texto dice lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, la reciente dacion de la Ordenanza Nº 211-MML, mediante la cual la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA pretende establecer un mecanismo de ratificacion de las ordenanzas que en materia tributaria emitan las municipalidades distritales, ha motivado que el Concejo Distrital de Surquillo se pronuncie por la inaplicabilidad de dicha MORDAZA y reclame de parte del Concejo Metropolitano de MORDAZA un respeto irrestricto a los preceptos constitucionales que rigen a los gobiernos locales, en los siguientes terminos: INAPLICABILIDAD DE LA ORDENANZA Nº 211 DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SURQUILLO LA MORDAZA CUESTIONADA El Concejo Metropolitano ha aprobado un procedimiento de ratificacion de las ordenanzas distritales de caracter tributario, tomando como base a una interpretacion bastante particular que realiza de la teoria denominada de los "bloques constitucionales", con la cual busca darle categoria constitucional a la facultad legal de ratificar la normatividad tributaria distrital de la provincia de Lima. El razonamiento que hace el colegiado