Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 1999 (09/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de agosto de 1999

Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las Instituciones Educativas Publicas y Particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las Instituciones Educativas Publicas o Particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a las importaciones realizadas por la Universidad Nacional de San MORDAZA de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de ADUANAS Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997 y en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, segun las partidas arancelarias siguientes: Partida Arancelaria 3215.19.00.00 3215.90.90.00 Descripcion Las demas tintas de imprenta. Las demas tintas para escribir o dibujar y demas tintas, incluso concentradas o solidas. Las demas placas y peliculas planas fotograficas, sensibilizadas, sin impresionar. Los demas accesorios de tuberias, de fundicion, hierro o acero. Barras y alambres de estano aleado, para soldadura. Herramientas de dos o mas de las partidas 82.02 a 82.05, acondicionada. Aparatos para filtrar lubricantes o carburantes en los motores de encendido por chispa o compresion. Filtros de entrada de aire para motores de encendido por chispa o compresion. Condensadores fijos electroliticos de aluminio. Aparatos de empalme o conexion para una tension inferior o igual a 260 V. y para corrientes nominales inferiores a 30 A. Las demas lamparas y tubos electricos de incandescencia de potencia inferior o igual a 200 W para una tension superior a 100 V. Circuitos integrados hibridos. Generadores de senales. Fotocopiadoras electrostaticas con reproduccion directa del original (procedimiento directo). Los demas instrumentos (densimetros, aerometros, pesaliquidos, termometros, pirometros, barometros, hidrometros y sicrometros, aunque MORDAZA registradores, incluso combinado entre si). Tacometros. Solo: cronometros de "marina" y similares.

la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 10228

Autorizan viaje de funcionario del OSITRAN para asistir a evento de instituciones responsables de supervision y regulacion del transporte
RESOLUCION SUPREMA Nº 371-99-EF MORDAZA, 6 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 091-99-GG-OSITRAN, el Organismo Supervisor de Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico -OSITRAN-, solicita se autorice el viaje de funcionario a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 9 al 13 de agosto de 1999, a fin de asistir al MORDAZA Encuentro Latinoamericano de Instituciones responsables de la Supervision, Fiscalizacion y Regulacion del Transporte "Sintesis de los noventa y perspectivas para el MORDAZA milenio"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con los recursos del Presupuesto del OSITRAN, correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico -OSITRAN-, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 9 al 13 de agosto de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del OSITRAN: - Pasajes - Viaticos - Tarifa de CORPAC US$ US$ US$ 217,42 1 000,00 25,00

3701.99.00.00 7307.99.00.00 8003.00.10.00 8206.00.00.00 8421.23.00.00

8421.31.00.00 8532.22.00.00 8536.90.10.00

8539.22.90.00

8542.40.00.00 8543.20.00.00 9009.11.00.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 10229

9025.80.90.00

9029.20.20.00 9105.99.00.00

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que las importaciones de los bienes se ajusten a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA, segun expedientes Nº. 004770-98, Nº 004772-98, Nº 004773-98, Nº 004774-98, Nº 004925-98, Nº 004927-98, Nº 00499298, Nº 004993-98, Nº 005336-98, Nº 006868-98, Nº 009469-98 y Nº 010121-98 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida Institucion Educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de

Autorizan viaje de asesor de la CONITE a Miami para participar en reunion de Grupo de Negociacion del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 374-99-EF MORDAZA, 6 de agosto de 1999 Visto el Oficio Nº 262-99-EF/15.02 de fecha 27 de MORDAZA de 1999 de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE del Ministerio de Economia y Finanzas;