Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 1999 (06/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 6 de agosto de 1999 RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 176539

Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Del MORDAZA, el aumento de su capital social por aporte del inmueble ubicado en la esquina de las avenidas MORDAZA Real y MORDAZA MORDAZA, Nºs. 602 - 618, Casco MORDAZA - Chimbote, por el valor de S/. 523,071.55 (quinientos veintitres mil setentiuno soles con cincuenticinco centimos); en consecuencia debera efectuar la modificacion del Articulo MORDAZA de su Estatuto Social. Articulo Segundo.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la correspondiente escritura publica de modificacion del Estatuto Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 10039

Cancelan certificado de inscripcion de persona natural en el Registro Oficial de Corredores de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 0689-99 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTAS: Las quejas presentadas por la Asociacion de Mototaxis "Valle Sharon", y El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros contra el corredor de seguros, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por retencion indebida de primas de seguros, y grave transgresion en el ejercicio de su actividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta del 27 de MORDAZA ultimo, la Asociacion de Mototaxis "Valle Sharon" comunico a esta Superintendencia, la retencion indebida de primas de seguros que habia efectuado el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que no las reporto a La Vitalicia Compania de Seguros, aseguradora de la quejosa; Que, mediante Oficio Nº 4241-99, esta Superintendencia requirio al citado corredor de seguros para que de las explicaciones del caso, sin obtener respuesta de aquel; Que, atendiendo a la documentacion alcanzada por la referida Asociacion, concretamente el recibo por la cantidad de $ 160.00 entregada al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los estados de cuenta por cliente emitidos por la compania se seguros, los mismos que no registraban abonos por concepto de pago de primas, se acredita la referida retencion indebida de primas de seguros por parte del corredor en cuestion; Que, el Articulo 339º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General, senala que los corredores de seguros estan prohibidos de cobrar primas por cuenta del asegurador. En ese mismo sentido el Articulo 14º de la Resolucion SBS Nº 381-91 establece dicha prohibicion, salvo autorizacion escrita del asegurador para el caso de cobrar la prima con cheque no negociable a la orden de la empresa de seguros, lo que no es el caso; Que, asimismo mediante carta AUI-183-99, del 21 de MORDAZA del 99, El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros, denuncio a esta Superintendencia diversas irregularidades cometidas por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el ejercicio de su actividad de intermediario de seguros, particularmente la retencion indebida de primas que le entregaran en distintas oportunidades, las empresas Importadora MORDAZA Chiok S.A. y Concas Travel S.A., asi como el uso fraudulento de un sello

falsificado de dicha compania de seguros, como consta de la documentacion presentada; Que, ante esta nueva denuncia este Organismo de Control, mediante Oficio Nº 05802-99, solicito al mencionado corredor de seguros las explicaciones del caso, reconociendole el derecho que tiene el denunciado a presentar el descargo respectivo; no obstante ello el denunciado no hizo ejercicio de tal derecho; Que, las situaciones descritas colocan al corredor de seguros, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incurso en las faltas previstas en el inciso 1) del Articulo 356º de la Ley General, y en los incisos a), c), e i) del Articulo 18º de la Resolucion SBS Nº 381-91; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Seguros y Asesoria Juridica, mediante Informes Nº 014-99-PAUS y Nº 0598-99-LEG, respectivamente; De conformidad con lo establecido por los Articulos 361º ultimo parrafo y 369º de la precitada Ley General, asi como lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 310-98 "Reglamento de Sanciones aplicable a las personas naturales y juridicas que se encuentran bajo la supervision de esta Superintendencia"; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar el Certificado de inscripcion Nº N-2281 expedido a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Registro Oficial de Corredores de Seguros, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 10058

Autorizan inscripcion de personas naturales en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 0692-99 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Echave, para que se le autorice la inscripcion en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 483-91 de fecha 20 de agosto de 1991, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Ajustadores y Peritos de Seguros, en la Sesion Nº 76, celebrada el 19 de MORDAZA de 1999, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Echave con el Nº PN.245 en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros que lleva esta Superintendencia para operar como Inspector MORDAZA Generales.