Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 1998 (17/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

PiQ.165018

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MORDAZA, sabado 17 de octubre de 1998

Cuarto.- La empresa recurrente, mantendra vigente la poliza de seguros, que cubra las actividades operacionales que se autoriza mediante esta resolucion, debiendo acreditar este hecho, ante la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.? La empresa autorizada poresta resolucion debera sujetarse a los convenios en materia de transporte internacional decargaporcarretera,queelpaishayasuscritoyqueposteriormente suscriba con los paises miembros del MORDAZA Sur, asi como a los reglamentos vigentes en cuanto le MORDAZA aplicables.
Registrese y comuniquese MORDAZA A. IBANEZ MANCHEGO DirectorGeneral Direccion Genera1 de CirculacionTerrestre

Registrese, comuniquese ypubliquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA

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CORTES SUPERIORES DE JUSTTCI[A

Convocan a concurso publico para COMISION EJECUTIVA cubrir el cargo de Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA
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DEL `PODER JUDICIAL

Modifican resolucion que creo el Registro de Peritos Judiciales en cada distrito judicial
RESOLUCIONADMINISTRATIVA IV' 764%CME-PJ
MORDAZA, 13 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que,mediante ResolucionAdministrativaN"609-CME-PJ, se creo el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito Judicial a cargo del Administrador de la Corte Superior de Justicia, estableciendose nuevos requisitos y condiciones para el servicio de pericias judiciales, encargandose a una Comision Especial su implementacion; Que, mediante Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N" 351-9%TP-CME-PJ, se aprobo el Reglamento de Peritos Judiciales, precisandose en sus Disposiciones Finales y Transitorias que el Organo responsable de conducir el presente MORDAZA de evaluacion y seleccion de los Peritos Judiciales, es la Comision Especial designada; Que, mediante el Oficio de visto, el Presidente de la Comision Especial de Peritos Judiciales y Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, constituida de conformidad con el Articulo 3" de la Resolucion Administrativa N" 609~CME-PJ, solicita una ampliacion del plazo senalado en el Articulo 5" de la citada Resolucion Administrativa, por las razones que indica: Que, es procedente otorgar la ampliacion del plazo solicitado, a efectos que la Comision Especial pueda cumplir con los fines y objetivos de su constitucion; EnusodelasfacultadesconferidasporlasLeyesN"~. 26546, 26623 y 26695 y las Resoluciones Administrativas N'%. OlSCME-PJ y 032.CME-PJ; SE RESUELVE:

RESOLUCIONADMINISTRATIVA N"262-9%P-CSJL
MORDAZA, 16 de octubre de 1998 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que,laLeyN"7566"LeyProcesaldeQuiebras",aplicablepara los procesos que se iniciaron bajo su vigencia, establece que la SindicaturaDepartamentaldeQuiebras,esunorganismoauxiliar del Poder Judicial, que administra los bienes de las personas que caigan en falencia, liquidando y pagando las deudas, asi como desempena las demas funciones que le encomienda la ley. Que, conforme 10 senala el Art. 122" de la citada Ley, los Sindicos Departamentales de Quiebras, sonelegidos por un periododecuatroaiios,porlasrespectivasCortesSuperioresdeJusticia; que, la indicada eleccion se verificara en la primera quincena del mesdenoviembre,a6nqueelsindicoelegidocomienceaejercersus funciones el primero de enero proximo entrante. Que, en la fecha, aun continuan tramitandose ante el DecimoquintoyDecimosextoJuzgadosTransitoriosEspecializados en 10 Civil de MORDAZA, procesos de quiebras que se sustancia" con arreglo ala referida Ley Procesal de Quiebras. Que, la vigencia del mandato del actual Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA, concluye el presente ano. Que,sehaencargadoaunaComisiondeMagistrados,integrada por los senores Vocales: MORDAZA A. MORDAZA Zuloeta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA W. DiasVallejosy HectorE. Lama MORDAZA, aefectode que lleve adelante dicho concurso, evaluara los postulantes y efectuar la propuesta respectiva ante la Reunion Plenaria de Vocales Superiores de esta Corte Superior de Justicia. Que, la comision designada presentara a los candidatos habiles, ante la Sala Plena de Vocales Superiores de esta Corte Superior de Justicia, el 13 de noviembre de 1998; en dicha reunion, realizado el escrutinio de la votacion, se proclamara inmediatamente al candidato vencedor. Que, estando a que el Sindico Departamental de Quiebras, es un organismo auxiliar de la Administracion de Justicia, que cumple un rol social y economico, cuya participacion es importante a fin de cautelar y administrar los bienes de las personas falentes, resulta pertinente que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Continue en sus funciones al frente de la Sindicatura Departamental de Quiebras de MORDAZA, hasta la culminacion de este MORDAZA de seleccion. Que, en tal sentido en uso de las facultades conferidas por los incisosterceroynovenodelArticulonoventade la Ley Organicadel PoderJudicial;yArticulos122"y123"delaLeyPmcesaldeQuiebras. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a concurso publico para cubrir el cargo de Sindico Departamental de Quiebras de MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de esta resolucion. Articulo Segundo.- Encargar ala Comision de Magistrados integrado por los doctores MORDAZA A. MORDAZA Zuloeta, MORDAZA ArevaloVela, JoseW. DiazVallejosyHectorLamaMore,llevar adelante el concurso publico respectivo, y efectue la convocatoria, evaluacion y propuesta de los candidatos. Articulo Tercero.-Poner la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia Central de la Reforma, de la Gerencia General, de Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA IBAZETA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

Primero.- Modificar el Articulo MORDAZA de la Resolucion AdministrativaN"609-CME-PJ,elmismoquequedaredactado de la siguiente manera:
Articulo 5". A partir de los 120 dias siguientes a la publicacion del Reglamento de Peritos Judiciales, solo los Peritos Judiciales inscritos en el registro correspondiente, prestaran servicios a las partes litigantes y/u Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial, segun sea el caso, de acuerdo a las normas procesales pertinentes y sin perjuicio de 10 dispuesto en los Articulos 2'76" y 277" del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N 017-93-JUS. La implementacion de este servicio sera en forma progresiva, de acuerdo al Plan que debera elaborar y aprobar la ComisionEspecial. 634~CME-PJ.

Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa N"

tes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, GerenciaGenera1 y Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial. Cuarto.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

Tercero.- Transcribir la presente resolucion a los Presiden-

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