Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 1998 (12/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

2. AERODROMOS A UTILIZAR EN EL SERVICIO AEREO ESPECIAL COMPLEMENTARIO DEPORTIVO: Aerodromos. aeropuertos y/o areas de ascenso y descenso debidamente notificados a la correspondiente Oficina de Control de MORDAZA Aereo de: MORDAZA, MORDAZA, 110, Puerto MORDAZA, MORDAZA, Juliaca, MORDAZA, Andahuaylas, Tacna, 110, J a u j a . Chimbote, MORDAZA, Anta, Chiclayo, MORDAZA, Cajamarca. Moyobamba, Juanjui, MORDAZA, Tarapoto. Pucallpa, I q u i t o s Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a GLOBOS DE LOS ANDES S.A., deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el raso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registra de MORDAZA y Callao; de sus 1 Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion Genera de Transporte l Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- GLOBOS DE LOS ANDES S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 4°.- GIOBOS DE LOS ANDES S A. esta r obligada a establece un sistema de radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanentamente informacion sobre la actividad aerea que realizan. Articulo 5°.- GLOBOS DE LOS ANDES S.A., c.ta Geneobligada a presentar mensualmente a la Direccion r a l de Transporte Aereo,los d a t o s estadisticos e Informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 6°.- El presente Permiso de O p e r a ion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la L e y N ° 24882 Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N ° 670, su reglamento, la Ley N ° 26917 y demas disposiciones legales vigentes. la Articulo 7°.- Si la Administracion verificase ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6" y d e m a s normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativas declarara nulo de pleno derecho. el acto o MORDAZA administrativo de que se t r a t e ; si n perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal. conforme a lo previsto en el Articulo 29" del Decreto Legislativo N ° 7 5 7 Articulo 8°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de GLOBOS DE LOS ANDES S.A., de otorgar la garantia global que establece el Articulo 19 de la Ley N ° 26917, dentro del plazo MORDAZA de treinta ( 3 0 ) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion del reglamento de la referida ley, en los terminos y condiciones que este establezca. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion Articulo 9°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a GLOBOS DE LOS ANDES S.A., queda sujeto a la Ley N ° 24882 Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N' 670, su reglamento, Ley N ° 26917. las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las directivas que dicte esta Direccion General, Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MELENEZ Director General Direccion General de Transporte Aereo 11300

CONSIDERANDO: Que, las personas juridicas que se detallan a continuacion han solicitado autorizacion para operar el Servicio de Radiodifusion en diversas ciudades del MORDAZA, a quienes se les oficio requiriendoseles el cumplimiento de requisitos para la prosecucion de su tramite:

Que, las indicadas empresas no han dado cumplimiento a los requerimientos efectuados por dichos oficios pese al tiempo transcurrido de su notificacion, habiendo incurrido en la causal de abandono del procedimiento administrativo, a tenor de lo preceptuado en los Articulos 70° y 91" del T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. N ° 02.94-JUS; Estando a lo opinado por la Direccion de Asesoria Tecnica mediante Informe N° 441-98-MTC/15.19.01 SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de dieciocho ( 1 8 ) solicitudes sobre autorizacion para operar el Servicio de Radiodifusion Sonora y/o por Television, en diversas ciudades del MORDAZA, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente resolucion, conforme se detalla a continuacion, archivandose en forma definitiva dichos actuados:
N° EXP. RAZON SOCIAL

1 221112 COMPANIA P E R U A N A D E R A D I O D I F U S I O N S.A 2 894941 R A D I O E C O S.A RADIOEMISORA MORDAZA S R L RADIO MORDAZA 3 901561 4 894457 EMPRESA DE RADIODIFUSION Y SERVICIOS MARINOS EIRL 5 933780 E.I R LDE RADIO Y TELEVISION NOR ORIENTAL DEL MARANON 6 920655 COMPANIA RADIODIF JULIACA SR L (PUNO) 7 905616 RADIO MORDAZA 2000 S R L. 6 944664 EMPRESA RADIODIFUSORA MORDAZA E.I R L 9 953250 RADIOMAR S A 10 934004 SUR PERUANA DE DIFUSION S R.L 11 920229 NACIONAL DE TELEVISION S A i2 903535 RADIO URCOS E.I R L. 13 952397 RADIODIFUSORA JULIACA S R L. (HUACHO) 14 960346 EMP RADIODIF. TROPICALISIMA FM 96 7 E I.R L 965549 RADIO SAN MORDAZA S R.L 15 16 951523 SERVICIOS ARTISTICOS (SASA) S.A 17 966168 EMP RADIODIF. Y SONORA OLIMPICA E I R L 18 906375 ANDES EMPRESA RADIODIFUSORA S A

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSAKI SUEMITSU Director General de Telecomunicaciones

11683 Declaran en abandono diversos procedimientos sobre autorizacion para operar el servicio de radiodifu- Declaran la nulidad de diversas licencias de conducir MORDAZA sonora y/o por television RESOLUCION DIRECTORAL N° 113-98-MTC/15.19 MORDAZA,
29

RESOLUCION DIRECTORAL N° 1232-98MTC/15.18 ! MORDAZA, 2 de octubre de 1998

de

setiembre de

1998