Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 1998 (12/10/1998)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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CONSIDERANDO:
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I.ima. lunes 12 dc octuhrc dc 199X
Que mediante Resolucitin de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 310.98.INPE-CR-P, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Podesta MORDAZA, ex Director del Establecimiento Penitcncinrio de MORDAZA Seguridad de Yanamilla - MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 215.9%INPECIUP, de fecha 15 de MORDAZA de 1998, a traves de la cual se le impuso sancion de destitucion, al haber incurrido en faltas administrativas contenidas en los incisos :i 1, d1 y f) del Articulo 28" del Decreto Legislativo N" 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que las faltas se refieren a que MORDAZA MORDAZA Podesta MORDAZA no fiscalizo eficientemente los recursos del Estado, permitiendo que proveedores de viveres facturasen con sobreprecio productos destinados a la preparacion de alimentos para los internos del mencionado establecimiento penitenciario, por un monto ascendente a S/. 3,504.OO nuevos soles, asimismo, otorgo facilidades al interno MORDAZA Erheverry MORDAZA para recibir visitas especiales fuera del horario establecido; Que MORDAZA ,Jairne Podesta MORDAZA interpone recurso de apelacion argumentando que la Fiscalia Provincial Mixta de Huamanga dispuso el archivamiento definitivo de la denuncia de sobrevaloracion de precios atribuida a su coprocesado el ex administrador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ibpez; que el Organo dc Control de la Region Centro - Huancayo realizo su examen tomando como referencia al indice de precios de la canasta familiar del Instituto Nacional de Estadistica; v. que las risitas se roalisaron conforme a las disposiciones del Codigo de E:jecucion Penal: Que respecto u la sobrevalorizacion de precios, el hecho de no haber prosperado la denuncia penal contra su coprocesado? no exime al recurrente de su responsabilidad admimstrativa la cual es independiente dc acuerdo con el Articulo 153" del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por el Decrelo Supremo N" 005-9%PCM; en cuanto a la informacitrn de los precios de la canasta famihar brindada por el Instituto Nacional de Estadistica es conveniente precisar que aquella es obtenida de las encuestas efectuadas directamente en los mercados de esa MORDAZA la cual resulta confiable, consiguientement,r no desvirtua el cargo imputado; Que en cuanto a las facilidades concedidas al interno MORDAZA Echeverry MORDAZA para recibir visitar especiales, el inciso 3' del Articulo 59' del Codigo de Ejecucion Penal, promulgado por Decreto Legislativo N" 654 establece que el otorgamiento de este beneficio penitenciario corresponde al Consejo Tecnico Penitenciario no constando en autos el acuerdo de este organo consultivo que apruebe las visitas extraordinarias a favor del mencionado interno, en consecuencia no desvirtua el cargo imputado; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria cJuridica en su Informe N" 029.98..nrS/OGA.J-OAAPCB; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37" del Decreto Legislativo N" 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2" y 8" del Decreto Ley N" 25993 Ley Organica del Sector Justicia. y Articulos 84" y 99" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos . aprobado por Decreto Supremo N" 02-94.
PESQUERIA Designan comision encargada de elaborar el sistema de vigilancia y control de captura y procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION MINISTERIAL IV' 506~98-PE MORDAZA, 9 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2" del Decreto Ley N" 25977. Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion de dichos recursos; Que el Articulo 12" de la Ley dispone que los sistemas de ordenamiento, deberan considerar, segun sea el caso, regimenes de acceso, captura total permisible, magnitud del esfuerzo de pesca, tallas minimas de captura, zonas prohibidas o de reserva, artes, aparejos, metodos y sistemas de pesca, asi como las necesarias acciones de monitoreo, control y vigilancia; Que es necesario implementar el Sistema de Control y Vigilancia Pesquero que garantice las acciones de control de la captura y procesamiento de los recursos hidrobiologicos, en forma oportuna, eficiente y con exactitud a fin de cautelar la pesca responsable, el mismo que debera ponerse en aplicacion a partir del 1 de marzo de 1999; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo l".- Designar a la comision que se encargara de elaborar el Sistema de Vigilancia y Control de la captura. desembarque y procesamiento de productos hidrobiologicos, la misma que estara integrada por los siguientes miembros: - Sr. MORDAZA MORDAZA Arrus Rokovich. Viceministro de Pesqueria, quien la presidira. - Ing. MORDAZA Vertiz MORDAZA, Asesor del Despacho Ministerial. Ing. MORDAZA Shimabukuro Miyasato, encargado de la Direccion Nacional de Extraccion y de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero. - Sr. MORDAZA MORDAZA Castellano, Director General de Economia Pesquera. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del IMARPE: A fin de obtener una eficiente coordinacion interinstitucional para el mejor desarrollo de las actividades de la comision, el Ministerio de Pesqueria invita a las siguientes instituciones para que designen sus representantes que se integraran a la misma: Un representante de la DICAPI. - Un representante de la SUNAT. Articulo 2".- La presente comision contara con un Secretario Tecnico que sera designado por la Oficina de Economia Pesquera, quien prestara el apoyo necesario para su adecuado funcionamiento. Articulo 3".- La comision podra invitar a representantes del Sector Privado para los asuntos y temas que considere pertinente. Articulo 4".- La comision presentara al senor Ministro de Pesqueria su Informe en un plazo que no excedera del 30 de noviembre de 1998. Registrese, comuniquesc y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria ll725