Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 1998 (21/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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DICE: 13 Silencio Administrativo Negativo / DEBE DECIR: \ ~] i;itrativo , 20 dias calendario 20 dias calendario

MORDAZA, martes 2 1 de MORDAZA de 1998

MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

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Autorizan a SEDAPAL para que continue prestando apoyo en el servicio de limpieza de colectores de desague en la MORDAZA norte del MORDAZA
DECRETO SUPREMO W 008-98-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 009-97-PRES de fecha 13 de noviembre de 1997. se dispuso que SEDAPAL. con recursos propios, preste el apoyo para la limpieza de los colectores de desague que a esa fecha le hubieran solicitado los Consejos Transitorios de Administracion Regional de las Regiones Grau y Nor Oriental del Maranon; Que, a consecuencia de la evolucion del Fenomeno del MORDAZA, e intensificacion de las precipitaciones pluviales e inundaciones en la MORDAZA norte del MORDAZA, se autorizo a SEDAPAL mediante Decreto Supremo N" 002-98-PRES, a continuar con el apoyo que le fuera solicitado para la limpieza de colectores, hasta el 28 de febrero de 1998; Que, mediante Decreto Supremo N" 010-98-PCM del 19 de febrero de 1998, se declaro en emergencia, por un plazo de 120 dias, entre otros, a los departamentos de Tumbes, MORDAZA y Lambayeque; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-98-PRES de fecha 12 de MORDAZA de 1998, se autorizo a SEDAPAL, para que continue prestando el apoyo necesario a la MORDAZA no& del MORDAZA para el servicio de limpieza de colectores de desague, hasta el 30 de MORDAZA de 1998, bajo los alcances del Decreto Supremo N" 009-97-PRES del 13 de noviembre de 1997; Que, atendiendo los pedidos efectuados por los Consejos Transitorios de Administracion Regional de las Regiones Grau y Nor Oriental del Maranon, SEDAPAL continuo prestando el apoyo en la limpieza de colectores de desague a los departamentos de Tumbes, MORDAZA y MORDAZA, hasta el 6 de junio de 1998, por lo que resulta necesario regularizar el apoyo brindado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 560, Ley del Poder Ejecutivo: DECRETA: Articulo lo.- Autorizar, en via de regularizacion, a la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA SEDAPAL, para que continue prestando apoyo en el servicio de limpieza de colectores de desague en la MORDAZA norte del MORDAZA, hasta el 6 de junio de 1998, dentro de los alcances del Decreto Supremo N" 009-97-PRES. Articulo 29- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 8130 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA W 192-98-PRES Fe de Erratas de la Resolucion Suprema N" 192-98-PRES, f;$mla en nuestra edicion del dia 16 de MORDAZA de 1998, pagina

PRES
Autorizan a SEDAPAL para que preste apoyo a la MORDAZA de MORDAZA con camiones cisterna y choferes para su operacion
DECRETO SUPREMO w 007-98-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 010-98-PCM de fecha 19 de febrero de 1998, se declaru en emergencia, por el plazo de 120 dias, a los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, asi como la provincia de Oxapampa y el distrito de MORDAZA, afectados por los desastres naturales ocasionados por el Fenomeno del Nino; Que, los trabajos programados en las zonas declaradas en emergencia, tanto para prevenir los posibles desastres como para rehabilitar los sistemas colapsados, requieren la participacion efectiva de los Ministerios del Sector Publico y de sus organismos y empresas dependientes, que cuentan con recursos economicos y tecnicos, a fin de ejecutar oportunamente las acciones dispuestas y restituir el normal desenvolvimiento de los servicios publicos; Que,, en ese sentido se solicito la cooperacion de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, que cuenta con la capacidad tecnica, equipos especializados, recursos humanos y capacidad financiera requerida, para apoyara algunas ciudades en la rehabilitacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado colapsados por las inundaciones producidas, asi corno para abastecer de agua potable a traves de camiones cisterna a poblaciones que se quedaron sin el servicio; Que, mediante Decreto Supremo No00598-PRES de fecha 12 de MORDAZA de 1998, se autorizo a SEDAPAL para que preste el apoyo a la MORDAZA de MORDAZA con camiones cisterna y choferes para su operacion, hasta el 30 de MORDAZA de 1998; Que, dada la necesidad del caso, SEDAPAL ha continuado prestando el apoyo necesario ala MORDAZA de MORDAZA hasta el 6 de junio de 1998; por lo que es necesario regularizar dicho apo o: Que, asimismo es necesario precisar que, el apoyo brin2 ado por SEDAPAL a las ciudades de Ica y MORDAZA, autorizado mediante Decreto Supremo N" 005-98-PRES, se efectuo a titulo gratuito, bajo los alcances del Decreto Legislativo N" 804; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo lo.- Autorizar, en v1=a de regularizacion, a la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA SEDAPAL, para que preste el apoyo a la MORDAZA de MORDAZA con camiones cisterna y choferes para su operacion hasta el 6 de junio de 1998, ba'o los alcances del Decreto Supremo N" 005-98-PRES. Articuio 2".- Precisar que el apoyo a que se refiere el Decreto Supremo N" 005-98-PRES y el articulo precedente, se prestara a titulo gratuito, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 804. Articulo 3".- El resente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente deP Consejo de Ministros y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica