Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 1998 (22/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

MORDAZA, jueves 22 de enero de 1998 Que estando a lo dispuesto en el literal 0 del Articulo 16" de la Le del Sistema Nacional de Control aprobado por Decreto Ay N" 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como prueba preconstltuida para el inicio de las acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con el Articulo 47" de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley N" 17357 de Re resentaci6n Defensa del Estado en Juicio modificado por l!-i ecreto Ley 4 17887 y el Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Or anizacion Funciones del Ministerio de Promocion de la dujer y del i; esarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo IV' 893; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar a la Procuradora Publica a car o de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de Ta Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e im ulse las acciones judiciales contra los ex funcionarios de EOOPOP, Jo& MORDAZA Mon e MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra aquellos que resu f responsables, por las consideraciones ten ex uestas en la parte considerativa de la presente ResoluCI2 n. ArtfcuIo 29- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para MORDAZA fines consiguientes. Regfstrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0764 RJZSOLUCION MINISTERIAL N" 02%9%PROMUDEH MORDAZA, 21 de enero de 1998 Visto el Oficio No 497-97-PE/COOPOP de fecha 10 de diciembre de 1997, de la Presidenta E.ecut?lva de la Oficina Nacional de Cooperacion Pofular - %OOPOP, Organismo Pubhco Descentralizado del Imisterio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las conclusiones recomendaciones contenidas en el Informe N" 008-97-oAT-J/COOPOP "Exaial a las Unidades Ejecutoras MORDAZA y Mariscal respecto a la evaluacion de gestion a los 95 a 1997, se ha determinado presunta responsabilidad civil y penal por parte de los ex funcionarios responsables ala fecha de los hechos en la irregular administracion y custodia de la maquinaria de la Unidad Ejecutora MORDAZA, asi como el irregular manejo de los recursos financieros en la ejecucion de obras de construccion en la Unidad Ejecutora Mariscal MORDAZA - Moquegua; Que, de las investigaciones realizadas se evidencia la comisi6n de hechos irregulares por parte del ex Director de la Unidad E'ecutora MORDAZA actual Director de la Unidad E$cutore Mariscal MORDAZA de I&quegua del COOPOP, senor fonso MORDAZA Ca cho, tales como haber entregado una maquinaria asignacla a la Unidad Ejecutora MORDAZA como parte de pago de una deuda ascendente a la suma de s/. 10,866.90, por trab `os efectuados por el sedar MORDAZA MORDAZA en la Unidad jecutora Mariscal MORDAZA - M ue 8. haber cancelado la Factura No 144 del proveedor AIlOi%2 E.I.R.L. por la suma de S/. 10,675.30 sin cumplir con los requisitos esenciales que disponen las normas internas; asi como la falta de rendicion de cuenta de los recursos fmancieros que le fueran entregados por la Congregacion de las Hermanas Carmelitas para la construccion de su Monasterio manteniendo deudas con los trabajadores de la obra hasta por un monto de SI. 13,090.90 pese a ue el valor total de su ejecuci6n fue menor al monto total de4:asuma asignada para su financiamiento; asimismo existen indicios razonables de responsabilidad civil por part.e del ex tecnico administrativo seilor MORDAZA Koc Chan al haber hacho uso de recursos del Estado, sin demostrar fa necesidad y conformidad del gasto y haber incumplido las obligaciones contraidas en virtud del , contrato suscnto r la Unidad Ejecutora MORDAZA con la fuma ALJOSURE" .I.R.L.; Que, estando alo dis uesto en el literal D del Articulo 16" de la Ley del Sistema k acional de Control, aprobado por Decreto Ley N" 26162, los resultados de una accicn de control emitidos por cualquier 6rgano del Sistema estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con el Articulo 47" de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley N" 17357 de Re resentacion Defensa del Estado en Juicio moditicado por iie creto Ley 5s 17667 y el Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Or ujer y del Funciones del Ministerio de Promocion de la Fon 5esarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo No 893; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar a la Procuradora Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano para que en mpresentacion y defensa de los intereses del Estado,,micie e im ulse las acciones judiciales contra el funcionario de CO0fW sedor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y ex Tecnico Administrativo, senor Jor e Koc MORDAZA y, contra aquellos que resulten responsabfes, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso ala mencionada Procuradora Publica, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0766 RESOLUCION MINISTJBUAL W 024-98.PROMUDEH MORDAZA, 21 de enero de 1998 Visto el Oficio N 485-97-PE/COOPOP,, de fecha 21 de noviembre de 1997, de la Presidenta E'ecutwa de la Oficina Nacional de Cooperacion PoElar - %OOPOP, Organismo Pubhco Descentrahzado del nusteno de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al analisis y conclusion del Informe N" 562-97-DAJ/COOPOP, de la Direccion General de Asesoria Legal de la Oficina Nacional de determina que el sefior Witberte Coordinador de la ex Central de Pachitea, de la Ejecutora COOPOP - MORDAZA, de la Oficma Nacional de Cooperacion Po ular - COOPOP, recibio en custodia el mobiliario de dic 3a Institucion cuya relacion de bienes corre 199;rita en el acta que suscribiera en fecha 20 de marzo de Que, de la revision de autos se evidencian las Cartas Notariales NOs. 010 y 020"97-D.E.COOPOP-HCO de fechas 5

Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH,, a efectos de que inicie e impulse la accion penal corres ndiente, con el fin de ebidamente retenidos; lograr la restitucibn de los bienes in8". De conformidad con el Articulo 47' de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley N" 17357 de Re resentacion Defensa del Estado en Juicio modificado por 8ecreto Ley,4 17667 y el Decreto Legislativo No 866 - Ley de Or anizacion Funciones del Ministerio de Promocion de la l&jer y del ID esarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo No 893; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar a la Procuradora Publica a car o de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de fa