Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2020 (19/03/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 18
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NORMAS LEGALES
Jueves 19 de marzo de 2020 /
El Peruano
Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación Estratégica y demás Unidades Orgánicas que corresponda el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de esta Municipalidad; y, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1865039-1
Ordenanza que modifica el artículo tercero de la Ordenanza Nº 504-MDA
ORDENANZA Nº 524-MDA Ate, 2 de marzo del 2020 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 02 de Marzo del 2020; visto, el Informe Nº 348-2020/MDA-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 161-2020-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194º y la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II
de su Título Preliminar, prescribe que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal y sus modificatorias, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece que la mancomunidad municipal es una entidad con personería jurídica de derecho público comprendida en el nivel de Gobierno Local, y que adquiere su personería jurídica por la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 504-MDA, se aprobó la adhesión de la Municipalidad Distrital de Ate a la Mancomunidad Municipal Lima Este integrada por las Municipalidades de Chaclacayo, San Luis, El Agustino, Chosica y Santa Anita (Artículo Primero); Que, mediante Oficio Nº D001163-2019-PCMSSFD, la Sub Secretaría de Fortalecimiento de la Descentralización de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, pone en conocimiento del señor Presidente de la Mancomunidad Municipal Lima Este, el Informe Nº D000006-2019-PCMSSFD-LCB que contiene, entre otros, observaciones a la solicitud de adhesión de la Municipalidad Distrital de Ate a la Mancomunidad Municipal Lima Este; Que, el Informe Nº D000006-2019-PCM-SSFD-LCB en el numeral 3.4) ORDENANZAS MUNICIPALES respecto a la Municipalidad de Ate señala que la Mancomunidad Municipal Lima Este no cuenta con las funciones exclusivas descritas en los literales e) y f) del artículo 3º de la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, la Ordenanza Nº 504-MDA establece en su artículo tercero que la Municipalidad Distrital de Ate delega a la Mancomunidad Municipal Lima Este, entre otras, las funciones específicas exclusivas de: "e) Concertar