Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 16 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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persona requerida, formulada por el Tercer Juzgado Penal Colegiado de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio calificado, en agravio de Percy Jhonatan Campos Rojas; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito el 11 de junio de 2004, vigente desde el 19 de julio de 2006; así como, al Código Procesal Penal peruano respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JHON ALBERTO SÁNCHEZ BARRETO a la República Argentina, formulada por el Tercer Juzgado Penal Colegiado de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio calificado, en agravio de Percy Jhonatan Campos Rojas; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, conforme al Tratado vigente y la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas Encargada del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1846271-7 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2020-JUS Lima, 15 de enero de 2020 VISTO; el Informe Nº 100-2018/COE-TPC, del 26 de junio de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ALEJANDRINA MARGARITA YACTAYO YACTAYO a la República Italiana, formulada por la Primera Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de: (i) peculado agravado y (ii) falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y del Hospital Cayetano Heredia; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 12 de diciembre de 2017, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana

ALEJANDRINA MARGARITA YACTAYO YACTAYO a la República Italiana, formulada por la Primera Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de: (i) peculado agravado y (ii) falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y del Hospital Cayetano Heredia (Expediente Nº 191-2017); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante el Informe N° 100-2018/COE-TPC, del 26 de junio de 2018, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de: (i) peculado agravado y (ii) falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y del Hospital Cayetano Heredia; Que, conforme al Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, firmado el 24 de noviembre de 1994, y vigente desde el 7 de abril de 2005; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N° 0162006-JUS respecto del trámite interno; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ALEJANDRINA MARGARITA YACTAYO YACTAYO a la República Italiana, formulada por la Primera Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de: (i) peculado agravado y (ii) falsificación de documentos, en agravio del Estado peruano y del Hospital Cayetano Heredia; y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas Encargada del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1846271-8 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2020-JUS Lima, 15 de enero de 2020 VISTO; el Informe Nº 161-2019/COE-TPC, del 19 de diciembre de 2019, de la Comisión Oficial de