Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2019 (10/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de mayo de 2019 /

El Peruano

continuar con los compromisos y el trabajo colaborativo que se viene desarrollando; Que, los gastos en representación que irroguen la presente comisión serán financiados por la Institución con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, conforme a lo informado por la Oficina de Administración y Finanzas mediante Memorando Nº 0279-2019-DP/OAF; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de la abogada Karina Yanet Díaz Farroñay, Asesora I (e) en la Adjuntía en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, a la ciudad de Río de Janeiro, Brasil del 12 al 16 de mayo de 2019; Con los visados de la Primera Adjuntía de la Secretaría General y de las oficinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en los literales d) y q) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 007-2019/DP; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en el numeral 10.1) del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios en representación de la Defensoría del Pueblo a la abogada Karina Yanet DÍAZ FARROÑAY, quien labora en el cargo profesional de Asesora I (e) en la Adjuntía en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, a fin que participe en el XVII Encuentro de la Red de Transparencia y Acceso a la Información (RTA) y en el Taller sobre Parlamento Abierto: Construcción caja de herramientas sobre Transparencia y Acceso a la Información Pública, que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil del 12 al 16 de mayo de 2019. Artículo Segundo.­ Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos: Lima ­ Río de Janeiro ­ Lima (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la Tarifa Único de Uso de Aeropuerto (TUUA) que ocasione el viaje a que se hace referencia en el Artículo Primero de la presente Resolución, son otorgados considerando el itinerario del vuelo y serán financiados en su totalidad por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, según el detalle siguiente:
Por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios: - Pasajes Internacionales: (Incluye I.G.V., T.U.U.A. y otros gastos) - Viáticos Internacionales: (4 días x US$ 307.50) US$ 667.98 US$ 1,230.00 ------------------TOTAL US$ 1,897.88 ===========

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 1719-2019 Lima, 24 de abril de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Denis Arturo Sanabria Grijalva para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros; A. Personas Naturales punto 1.Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS Nº 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que. el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 25 de febrero de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Denis Arturo Sanabria Grijalva postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Denis Arturo Sanabria Grijalva, con matrícula número N-4730, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1767767-1

Artículo Tercero.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente de efectuado el viaje, la abogada Karina Yanet DÍAZ FARROÑAY deberá presentar ante el Titular de la entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión autorizada. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 1768034-1