Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2019 (19/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
ANEXO

Jueves 19 de diciembre de 2019 /

El Peruano

VALOR DE TASACION DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA: AEROPUERTO "CAPITÁN FAP CARLOS MARTINEZ PINILLOS" UBICADO EN EL DISTRITO DE HUANCHACO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. N° SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACION DEL BIEN INMUEBLE AFECTACION: TOTAL DEL INMUEBLE VALOR DE TASACION EN SOLES (S/)

CÓDIGO: PM1G-AERTRU-PR-021

AREA AFECTADA: 5.5000 ha

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL AREA AREA AFECTADA: *Por el Norte: Con la propiedad AFECTADA de Nicolás Mendoza Albornoz y Gregoria Arcos DATUM WGS-84 DISTANCIA de Mendoza, inscrita en la P.E. N° 04051810, con VERTICE LADO (m.) ESTE (x) NORTE (y) propiedad de Julio Fernando Almeida Llanos, inscrita en la P.E. N° 04045768, con una línea de un (01) A A-B 194.10 709196.3054 9106593.6979 tramo con 194.10 m. *Por el Este: Con propiedad de B B-C 88.00 709367.4342 9106502.1023 Segundo Leandro Figueroa Ramírez inscrito en la P.E. N° 04045750, con propiedad de Justino Humberto Santa María y Angelica De La Cruz Vera inscrita en la P.E. N° 04048179, con el CANAL DE REGADIO L1 VALDIVIA BAJA RAMAL 14; por una línea quebrada de dos (02) tramos con 249.00 m. *Por el Sur: Con propiedad de Transportes M. Catalan S.A.C, inscrita en la P.E. N° 11149096, con propiedad de Chimú C C-D 161.00 709318.3067 9106429.0921 Agropecuaria S.A, inscrita en la P.E. N° 04050358, con una línea de un (01) tramo con 236.00 m. * Por el Oeste: Con propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, inscrita en la P.E. N° 11346460, con propiedad de María Mena Horna Haro, inscrita en la NICOLAS MENDOZA ALBORNOZ, GREGORIA P.E. N° 04048178, con una trocha carrozable (canal ARCOS DE MENDOZA de regadío) de por medio; por una línea quebrada de MINISTERIO DE ,THEODORE RANDALL dos (02) tramos con 251.50 m. 1 TRANSPORTES Y GIBSON, CARMEN DEL PARTIDA REGISTRAL: N° 04051525 de la Oficina D D-E 236.00 709239.4130 9106288.7468 10,295,604.97 COMUNICACIONES ROSARIO PODESTA Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede APHESTEGUY y ROSA Trujillo. ANTONIA FLORES E E-F 184.80 709035.8717 9106408.1911 ALEGRIA PARTIDA REGISTRAL: N° 04015876 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 21 de febrero de 2019 (Informe Tecnico N° 1440 -2019 - ZR - V - ST/OC), por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL:Expedido el 21 de febrero de 2019 (Informe Tecnico N° 1436 -2019 - ZR - V - ST/OC), por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 01 de agosto de 2019, por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo (04051525). CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 18 de setiembre de 2019, por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo (04015876). F F-A 66.70 709137.2426 9106562.7064

1838595-1

Aprueban la ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto "Capitán FAP Carlos Martinez Pinillos", ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y su valor de tasación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1200-2019 MTC/01.02 Lima, 18 de diciembre de 2019 Visto: El Memorándum N° 7131-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública

la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra: Aeropuerto "Capitán FAP Carlos Martínez Pinillos", ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de