Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2019 (13/12/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 81
El Peruano / Viernes 13 de diciembre de 2019
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
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Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 219-2019-MPL-GAJ de fecha 29 de octubre del 2019 opina por la procedencia de someter a la aprobación del Concejo Municipal las opiniones técnicas emitidas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente y la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, el que luego deberá ser puesto en conocimiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima; EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLÁRASE DESFAVORABLE la petición de Cambio de Zonificación de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Media (RDM), para el área remanente Nº 1, que formó parte del Fundo Lajam, con frente a la Av. Paso de los Andes, Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida Nº 13545386, con un área de 9,715.75 m2, presentada por el Organismo Especial del Fondo de Vivienda Militar del Ejército (ORES-FOVIME) ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, remita a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el presente Acuerdo de Concejo adjuntando la documentación que sea pertinente, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGASE a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1836185-1
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE, mediante Resolución de Alcaldía Nº 091-2019/MDSR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de junio de 2019; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, mediante Informe Nº 165-2019/GDEGP/ MDSR, propone la prestación del servicio de alquiler de Sombrillas y Sillas para los usuarios veraneantes que acudan a las playas del distrito (Playa Chica y Playa Grande) durante la próxima temporada de verano. Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el Proyecto para que se incluya en el TUSNE, el servicio propuesto por la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, lo cual se pone a disposición para su aprobación correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCLUIR el Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 0912019/MDSR, el servicio de "Alquiler de Sombrillas y Sillas", conforme se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación del Anexo I en el Portal Electrónico Institucional (www.munisantarosa-lima.gob.pe). Artículo Tercero.- DERÓGUESE las disposiciones de carácter local que se opongan a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y demás unidades orgánicas en lo que corresponda a sus funciones, así como su publicación a la Secretaría General. Artículo Quinto.- La Resolución de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Incluyen servicio en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 172-2019-A/MDSR Santa Rosa, 1 de diciembre de 2019 VISTO;
El Informe Nº 0245-2019-GPP/MDSR, remitido por la Regístrese, comuníquese y cúmplase. Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº ALAN CARRASCO BOBADILLA Memorándum Nº 509-2019-GM/MDSR, remitido por la Alcalde Gerencia de Municipal, y; ANEXO I ANEXO I - RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 172-2019-MDSR
DENOMINACION DEL SERVICIO REQUISITOS TARIFA (S/) % UIT (UIT: S/ 4,200) AUT. RESPONSABLE Gerente de Desarrollo Económico y Gestión Productiva 15.00 8.00 22.00 0.36% 0.19% 0.52% PLAZOS Y/O NOTAS IMPORTANTES
GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y GESTIÓN PRODUCTIVA ALQUILER DE SOMBRILLAS Y 01.7 SILLAS EN PLAYA CHICA Y PLAYA GRANDE 1 2 Solicitud verbal Pago del servicio - Alquiler de sombrilla - Alquiler de sillas - Alquiler de sombrilla y silla
1836013-1