Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 19 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales­Año Fiscal 2018", en el que se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo al documento de visto, con la Resolución Suprema N° 096-2018-RE se autorizó al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago a favor de la Organización Meteorológica Mundial correspondiente a la cuota del año 2018; sin embargo, a la fecha se adeudan los pagos de las cuotas correspondientes al saldo de la cuota del año 2016 y la cuota del año 2017; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio producto de la cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú­SENAMHI se han previsto recursos para el pago del saldo de la cuota correspondiente al año 2016, y el pago parcial de la cuota del año 2017, a favor de la Organización Meteorológica Mundial­OMM; por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú­SENAMHI a efectuar el pago de S/ 120 000.00 (ciento veinte mil y 00/100 soles) a favor de la Organización Meteorológica Mundial ­ OMM, correspondiente al saldo de la cuota 2016 y el pago parcial de la cuota del año 2017. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1703825-4

Nombran al Embajador del Perú en la República de El Salvador para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Belice
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 198-2018-RE Lima, 18 de octubre de 2018 VISTA: La Resolución Suprema N.° 118-2018-RE, de 20 de junio de 2018, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de El Salvador al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Verbal N.° 938, de 27 de setiembre de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Belice, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Belice; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2740, del Despacho Viceministerial, de 9 de octubre de 2018; y el Memorándum (PRO) N.° PRO00356/2018, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 4 de octubre de 2018; De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de El Salvador, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Belice, con residencia en El Salvador. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1703825-5

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0577/RE-2018 Lima, 11 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco del "Acuerdo de Cooperación Ambiental entre la República del Perú y la República de Chile", se celebrará la Segunda Reunión del Comité