Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2018 (21/11/2018)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 21 de noviembre de 2018 /
El Peruano
intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general; proteja el interés general, garantizando los derechos e interés de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general. Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 39.1 del Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA. Que, para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) materia de aprobación se han tomado en consideración las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que Aprueban los Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, Decreto Supremo Nº 0642010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA de las entidades pública, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP que aprueba la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad y el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la "Metodología de Simplificación Administrativa", la cual establece las disposiciones para el mejoramiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas crean, modifican, suprimen o exoneran, tasas, y derechos, dentro de los límites establecidos por ley, y que para su entrada en vigencia estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales. Que, en diciembre del 2016 se emiten Decretos Legislativos: Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, Nº 1256, Ley de prevención y eliminación de barreras burocráticas, Nº 1272, que deroga la Ley 29060, y Nº 1310 (que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa). Que, durante el año 2017, se publicaron diversas normas legales que modificaron el marco legal de los TUPA, a saber: D.S. Nº 006-2017-JUS (20/03/2017), TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; D.S. Nº 002-2017-VIVIENDA (25/01/2017), que aprueba el Reglamento de Verificación Administrativa y Técnica; D.S. Nº 011-2017-VIVIENDA (15/05/2017), que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; D.S. Nº 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017), TUO de Ley 29090; lo mismo que la Resolución Ministerial Nº 118-2017-VIVIENDA, que define categorías de Inspector Municipal de Obra y aprueban montos máximos que deben cobrar las Municipalidades, CAP o el CIP, por cada visita de inspección correspondiente a la verificación técnica; D.S. Nº 046-2017-PCM (20/04/2017), que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada; Ley Nº 30619 (27/07/2017), que modifica la ley 28976, ley marco de licencia de funcionamiento, acerca de la vigencia del certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones; D.S. Nº 011-2017-PRODUCE (21/08/2017), que aprueba lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las municipalidades. Que, finalmente, durante el 2018, se publicó el Decreto Supremo 002-2018-PCM, el mismo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), así como la Resolución Jefatural Nº 016-2018-CENEPRED-J, mediante la cual se dispone Aprobar el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, normas que modificaron el marco legal de los TUPA en los procedimientos relativos a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, evaluación de condiciones de seguridad en edificaciones y Visita de inspección de seguridad en edificaciones.
Que, mediante Informe Legal Nº 0163-2018-OAJMDL, la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que habiéndose revisado las normas legales es preciso aprobar el Proyecto de Ordenanza y Anexo. Que, estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Distrital de Laredo ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAREDO Artículo Primero.- APROBACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD Y REQUISITOS Apruébese los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, requisitos e incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Laredo, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBACIÓN DE LOS COSTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD Apruébese el costo de los derechos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Laredo, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL TUPA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Laredo de 144 páginas; el cual compendia y sistematiza 215 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO Déjese sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 001-2009MDL de fecha 20-01-2009 que aprobó los costos de los derechos administrativos, procedimientos y requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Distrital de Laredo y cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DIFUSIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA De conformidad con lo establecido en los numerales 43.2 y 43.3 del Artículo 43º, del TUO de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, la norma que aprueba el TUPA se publica en el diario oficial El Peruano y el TUPA se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -PSCE y en el respectivo Portal Institucional; en ese sentido, ENCÁRGUESE a la Oficina de Administración y Finanzas y la Secretaría General disponer las acciones para su publicación en el Diario Oficial El Peruano; una vez ratificada la presente Ordenanza; y a la Unidad de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Laredo (www.munilaredo. gob.pe), y a las demás áreas administrativas la difusión y el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER ANDRES RODRIGUEZ VASQUEZ Alcalde 1714207-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.