Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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en el Ámbito Rural, sustenta y solicita se efectúe la Tercera Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES) conforme a lo establecido en la Cláusula Sexta y en el numeral XVI del Anexo 1 del Convenio N° 263-2016-MINEDU, modificado por las Adendas Nºs 001 y 002; Que, a través del Informe Nº 886-2018-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Tercera Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la INEI, en el marco de lo establecido en el Convenio N° 236-2016-MINEDU y las citadas Adendas, señalando que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada transferencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES), para financiar la Tercera Transferencia Financiera del Convenio Nº 263-2016-MINEDU y Adendas; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 560 144,05 (QUINIENTOS SESENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 05/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la Tercera Transferencia en el marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática y sus Adendas. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera en el marco del Convenio Nº 263-2016-MINEDU y Adendas. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1713222-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor de Activos Mineros S.A.C., destinados a la ejecución de proyectos de remediación de diversos pasivos ambientales mineros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 463-2018-MEM/DM Lima, 14 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 412-2018-MEM-DGM/DTMPAM, de la Dirección General de Minería y, el Informe N° 1162-2018-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 528-2017-MEM/DM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas correspondiente al Año Fiscal 2018; Que, el artículo 13 de la Ley N° 30847, autoriza durante el Año Fiscal 2018, al Ministerio de Energía y Minas, con cargo a todos los recursos de los saldos de balance no incorporados a la fecha de la dación de la citada Ley, por cualquier concepto, a financiar la remediación de pasivos ambientales mineros a cargo Activos Mineros S.A.C. hasta por la suma de S/ 155 000 000,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, la mencionada norma prevé que para tal efecto, el Ministerio de Energía y Minas queda autorizado para realizar transferencias financieras a favor de Activos Mineros S.A.C., las cuales se aprueban mediante resolución del titular del Sector, y se publican en el Diario Oficial "El Peruano". Que, mediante Resolución Ministerial N° 427-2018MEM/DM, de fecha 25 de octubre de 2018, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2018 por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas ­ Central, hasta por la suma de S/. 155 000 000,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a solicitud de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario N° 2018-03224-001, con registro SIAF N° 0000003209, por el monto de S/. 155 000 000,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones con 00/100 Soles); Que, con fecha 06 de noviembre de 2018 el Ministerio de Energía y Minas y Activos Mineros S.A.C. suscribieron un Convenio de Transferencia Financiera de Recursos con el objeto de establecer las condiciones administrativas, financieras y de operatividad para la remediación de pasivos ambientales mineros de los proyectos Los Negros, ubicado en Cajamarca (Hualgayoc); Cleopatra, ubicado en Cajamarca (Hualgayoc); San Antonio de Esquilache, ubicado en Puno (San Antonio); Pushaquilca, ubicado Ancash (Pampas); y, Colqui- Acombamba ubicado en Lima (Huanza). Que, en consecuencia, en atención a lo señalado en el mencionado convenio y en el Informe N° 412-2018-MEMDGM/DTM-PAM resulta necesario efectuar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de Activos Mineros S.A.C., en aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30847; De conformidad con la Ley N° 30847, que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas; la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado