Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 53
El Peruano / Jueves 1 de noviembre de 2018
NORMAS LEGALES
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I de la Unidad de Planificación de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando Nº 859-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que adjunta el Informe Técnico Nº 0692018-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 2683-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MTPE y su modificatoria; Que, mediante Ley N° 30057, se aprueba la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro de Asignación de Personal CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad CPE. Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de personal CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, se aprobaron las modificaciones a la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -- CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 del artículo 7 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, el CAP Provisional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo fue aprobado con Resolución Ministerial Nº 072-2015-TR, reordenado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 280-2015-TR, 0842016-TR, 334-2016-TR, 215-2017-TR y Resolución de Secretaría General N° 018-2018-TR/SG; Que, el Despacho Viceministerial de Trabajo, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y la Secretaría General sustentaron la necesidad de incorporar en cada una de estas dependencias dos (2) Asesores II, Nivel F-5 y; la Dirección General de Promoción del Empleo sustentó la necesidad de contar con un (1) Coordinador II, Nivel F-3; haciendo un total de siete (7) nuevos cargos de confianza; Que, considerando que la Contraloría General de la República y la Procuraduría no forman parte de las carreras especiales establecidas en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, resulta necesario modificar la clasificación de los siguientes cargos: Procurador Público, Procurador Adjunto y Jefe del Órgano de Control Institucional; Que, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, a través del Informe Técnico N° 199-2018-SERVIR/GDSRH otorga opinión favorable a la excepción a siete (7) cargos de confianza, emitiéndose la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 209-2018-SERVIR-PE mediante la cual se exceptúa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del tope
de cincuenta empleados de confianza establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 084-2016-PCM; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con su estructura orgánica vigente; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Recursos Humanos, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, que aprueba las modificaciones a la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -- CPE"; y en uso de la facultad del inciso b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 001-2018-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal-CAP Provisional, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo a que hace referencia el artículo 1 de la presente resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) el mismo día de su publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ROJAS MONTES Secretaria General 1708512-1
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra "Tramo N° 1 del Corredor Vial interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona - Urcos)"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 851-2018 MTC/01.02 Lima, 31 de octubre de 2018 Visto: El Memorándum N° 3119-2018-MTC/20 del 23 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución del Tramo N° 1 del Corredor Vial interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona - Urcos) y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles