Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2018 (15/03/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 71
El Peruano / Jueves 15 de marzo de 2018
NORMAS LEGALES
SANCIONES MEDIDAS MULTA % UIT CORRECTIVAS Clausura temporal o definitiva
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GRADUALIDAD
CÓDIGO
INFRACCIÓN Por permitir que el personal del quiosco y cafetín prepare y/o manipule alimentos sin estar provisto de mandil blanco, gorro blanco y guantes desechables, y/o sin aseo personal Certificado de Salud y/o sin haber sido capacitado en Buenas Prácticas de Manipulación de Alimentos. Por preparar, mantener y/o expender en los quioscos alimentos en malas condiciones sanitarias, de conservación y/o venta de productos envasados sin Registro Sanitario vigente o con fecha de vencimiento caduco. Por preparar y/o expender en los quioscos escolares alimentos con alto contenido de sal, azúcar, grasas saturadas y/o grasas trans. Por el desarrollo de comercio ambulatorio a una distancia menor de 100 metros del perímetro de acceso a la institución educativa. Por el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas dentro del horario escolar comprendido entre las 7:00 a 19:00 horas, a establecimientos ubicados a una distancia menor de 100 metros del perímetro de las Instituciones Educativas. Por la venta y/o permitir consumo de bebidas alcohólicas y/o cigarrillos en el interior de la Institución Educativa. Por instalar y/o exhibir todo tipo de publicidad dentro de las Instituciones Educativas y fuera de ellas dentro de un perímetro de 50 metros, avisos que promuevan el consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.
02-1309
20%
L
02-1310
60%
Clausura temporal o definitiva Clausura temporal o definitiva (en blanco) Clausura temporal y/o definitiva Clausura temporal y/o definitiva Retiro
MG
02-1311 02-1312
30% 10%
G L
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50%
G
02-1314
100%
MG
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10%
L
LINEA DE ACCIÓN 03 SUB LINEA
MORAL Y ORDEN PÚBLICO
3.1.- INFRACCIONES EN PERJUICIO DE MENORES DE EDAD Permitir el trabajo a menores de 18 años en salones de billar, cabarets, centros nocturnos, boites, discotecas y/o similares. No exhibir en un lugar visible la prohibición de ingreso de menores de edad a los salones de baile y discotecas exclusivas para mayores de edad, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos y/o similares. Permitir el ingreso de menores de edad a lugares exclusivos para mayores de edad como salones de baile, discotecas, video pub, bares, peñas, boîtes, casinos, salones de bingo, salones de juegos y/o similares. Comercializar o facilitar el consumo de productos prohibidos y/o perjudiciales a menores de edad (bebidas alcohólicas, sustancias tóxicas). Vender, alquilar, proyectar o facilitar revistas o videos pornográficos a menor de edad. Permitir el ingreso de menores de edad sin compañía de sus padres o responsables a locales de hospedajes y/o similares. Vender, distribuir, suministrar y/o consumir bebidas alcohólicas a titulo oneroso o gratuito en espectáculos o actividades. Utilizar en la publicidad elementos que induzcan al consumo de bebidas alcohólicas a los menores de edad. Permitir el consumo y/o expendio de bebidas alcohólicas en lugares públicos tales como parques, áreas de recreación, vías públicas, etc., a menores de edad, en la jurisdicción del distrito de Comas. Por permitir el trabajo de menores de 18 años sin autorización judicial y/o autorización administrativa de trabajo.
03-0101
200%
Clausura definitiva
MG
03-0102
20%
Ejecución, Clausura
L
03-0103
100%
Clausura temporal o definitiva, Denuncia Decomiso o Retención, Clausura definitiva, Denuncia Decomiso y/o Retención, Clausura definitiva, Denuncia Clausura definitiva, Denuncia Decomiso o Retención, Clausura definitiva, Denuncia Retiro Decomiso o Retención, Clausura temporal o definitiva, Denuncia Clausura temporal o definitiva
MG
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200%
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200% 200%
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