Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2018 (30/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 30 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Secretario General, respecto de la Unidad Ejecutora Nº 001-Secretaria General del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, durante el ejercicio fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones en materia presupuestal: a) Aprobar y formalizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012.EF. b) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores y sus respectivas modificatorias. c) Aprobar la evaluación semestral y anual del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. d) Emitir Directivas internas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo en materia presupuestal, que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento. e) Aprobar la Programación Multianual y la Formulación del Presupuesto Institucional del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores. f) Suscribir formatos, fichas y documentación que tenga incidencia presupuestaria. g) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. h) Suscribir la información correspondiente a los Saldos de Fondos Públicos, que deben ser presentados a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- El Secretario General deberá poner en conocimiento del Despacho Ministerial, las Resoluciones y actos que emita como consecuencia de la presente delegación de facultades. Artículo 3.- Las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1611340-1

Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el artículo 8 del referido Decreto Supremo, las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada en virtud a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, los literales b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, disponen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, asimismo, el artículo 4 de dicho Reglamento dispone que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 56º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores señala que la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el órgano de apoyo que depende de la Oficina General de Comunicación, y responsable dé garantizar el acceso de los ciudadanos a la información pública y de la difusión en el portal del Ministerio de la información institucional que establezca la ley; Que, resulta necesario que el Ministerio de Relaciones Exteriores designe a un representante como responsable de entregar información de acceso público al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 103, del Despacho Viceministerial, de 16 de enero de 2018; y el Memorándum (LEG) Nº LEG00051/2018, de la Oficina General de Asuntos Legales, de 15 de enero de 2018; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley dé Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, modificado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1353, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modificado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Jefe de la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública como funcionario responsable de brindar información de acceso público del Ministerio de Relaciones Exteriores al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2.- Disponer, bajo responsabilidad, que todas las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores brinden el apoyo que requiera la Jefatura de la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el desarrollo de sus funciones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1611340-2

Designan funcionario responsable de brindar información de acceso público del Ministerio de Relaciones Exteriores al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0060/RE-2018 Lima, 26 de enero de 2018