Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2018 (18/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 18 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certificación de laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se defina en una Pre Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha certificación; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de visto, la droguería TEVA PERU S.A. ha solicitado la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del laboratorio ACTAVIS LTD, ubicado en la ciudad de Zejtun, República de Malta, señalando que la citada droguería ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para la certificación señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, según lo señalado en las Notas Informativas N°s. 305 y 349-2018-OT-OGA/MINSA, la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, ha verificado los depósitos efectuados por la droguería TEVA PERU S.A., conforme a los Recibos de Ingreso N° 1851 y 2819 del 17 de mayo y 24 de julio de 2018, respectivamente, con los cuales se cubre íntegramente los costos de los pasajes y viáticos para efectuar el viaje de inspección solicitado; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la inspección solicitada para la obtención de la certificación señalada en los considerandos precedentes, se llevará a cabo del 27 al 31 de agosto de 2018; Que, con Memorando N° 1392-2018-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración, informa que el viaje que realizarán las químicos farmacéuticas Kelly Yudy Carbajal Ulloa y Jesusa Poma Inca, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas para realizar la inspección solicitada, cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 4422, correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante los Informes N°s. 239 y 293-2018-EGCODRH-OGGRH/MINSA, de fechas 25 de junio y 30 de julio de 2018, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos comunica la condición laboral de las profesionales propuestas para llevar a cabo la certificación solicitada; Que, en tal sentido, considerando que la droguería TEVA PERU S.A., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certificación indicada a la que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al laboratorio antes señalado; Que, en atención a lo indicado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la auditoría de la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a fin de supervisar las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y/o productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros objeto de inspección y que serán materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de las profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, asimismo, la autorización para viajes al exterior de las profesionales señaladas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de las químicos farmacéuticas Kelly Yudy Carbajal Ulloa y Jesusa Poma Inca, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la ciudad de Zejtun, República de Malta, del 24 de agosto al 01 de setiembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de las citadas profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la droguería TEVA PERU S.A., a través de los Recibos de Ingreso detallados en los considerandos precedentes, abonos verificados por la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle: · Pasaje aéreo tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 3,311.08 incluido TUUA) : US$ 6,622.16

· Viáticos por 6 días para 2 personas : US$ 5,280.00 (c/persona US$ 2,640.00 incluidos gastos de instalación) TOTAL : US$ 11,902.16

Artículo 3.- Disponer que las citadas profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1682409-1

Designan Ejecutiva Adjunta I de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 758-2018/MINSA Lima, 17 de agosto del 2018 Visto, el Expediente N° 18-084090-001, que contiene el Memorándum N° 1559-2018-OGA/MINSA, emitido por el Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 488-2018/ MINSA de fecha 29 de mayo de 2018, se designó al abogado Edilberto Martín Terry Ramos, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, a través del documento de Visto, el Director General de la Oficina General de Administración