Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2017 (05/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 5 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Anexo Valores totales de las Tasaciones correspondientes al área de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Huancavelica ­ Lircay, Tramo II Km. 1+550 (Av. Los Chancas) - Lircay".
VALOR COMERCIAL INCENTIVO VALOR DEL DEL INMUEBLE DEL 20% DEL PERJUICIO (VCI) VCI ECONÓMICO (S/) (S/) (S/) 89,104.65 155,531.11 17,820.93 31,106.22 2,998.00 2,748.00 VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 109,923.58 189,385.33



CÓDIGO

1 2

LIR-VA-42 LIR-VA-43

1561451-1

Autorizan al Viceministro de Transportes para que suscriba el Contrato de Concesión del proyecto "Hidrovía Amazónica: ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza - Iquitos - Santa Rosa; río Huallaga, tramo Yurimaguas - Confluencia con el río Marañón; río Ucayali, tramo Pucallpa confluencia con el río Marañón"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 871-2017 MTC/01 Lima, 1 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 121-2009, Decreto que prioriza promoción de la inversión privada de diversos proyectos, de asociaciones público privadas y concesiones de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos en el Año 2010 se declaró de necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el año 2010 por parte de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, entre otros, el proyecto denominado "Navegabilidad de rutas fluviales: Primera Etapa ruta fluvial Yurimaguas - Iquitos"; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, con Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 488-2-2012-CPI de fecha 26 de setiembre de 2012, aprobó el Plan de Promoción del proyecto "Hidrovía Amazónica: ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza ­ Iquitos ­ Santa Rosa; río Huallaga, tramo Yurimaguas ­ Confluencia con el río Marañón; río Ucayali, tramo Pucallpa ­ confluencia con el río Marañón", en adelante el Proyecto; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, por Acuerdo PROINVERSIÓN N° 505-4-2013-CPI de fecha 11 de enero de 2013, aprobó las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto, y ratificó su incorporación al proceso de promoción de la inversión privada; Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se declaró de interés nacional el desarrollo de vías navegables en el país, como infraestructura de transporte de uso público de alcance nacional, facultando al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a fijar y cobrar el peaje correspondiente; Que, con Acuerdo Comité PRO INTEGRACIÓN N° 457-1-2015-HIDROVÍAS de fecha 05 de febrero de 2015, se dejó sin efecto el Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto, de conformidad con el numeral 9.4 del punto 9 de las Bases del Concurso; Que, por Oficio N° 564-2015-MTC/02 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones comunicó a PROINVERSIÓN que el Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto se reanudará una vez finalizado el proceso de Consulta

Previa dispuesto por la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y su Reglamento; Que, con fecha 22 de setiembre de 2015 se suscribió el Acta de Consulta Previa del Proyecto, entre los representantes acreditados de los pueblos indígenas participantes, y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, con Acuerdos PROINVERSIÓN N° 707-1-2015-CPI y N° 7072-2015-CPI, ambos de fecha de fecha 09 de diciembre de 2015, se aprobó la modificación del Plan de Promoción y las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto, respectivamente; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, por Acuerdo CD PROINVERSIÓN N° 2-5-2017-CPI del 02 de mayo de 2017, aprobó la Versión Final del Contrato de Concesión del Proyecto; Que, con fecha 06 de julio de 2017, en acto público PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesión del Proyecto, al Postor Precalificado Consorcio Hidrovías II, conforme a lo establecido en las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto; Que, por Oficio N° 10-2017/DPP/AP.06 del 28 de agosto de 2017, PROINVERSIÓN, el Director del Proyecto solicita designar un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectos de suscribir el Contrato de Concesión del Proyecto; Que, el literal e) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, señala como una función del Ministerio; como titular del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en el citado Decreto Legislativo; suscribir los contratos derivados de dichas modalidades; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC/, establece en el artículo 6 y en el literal k) del artículo 7 que el Ministro representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, en los literales i) y j) del artículo 9 del citado Reglamento se señala que los Viceministros tienen como función específica representar al Ministro en los actos y gestiones que le sean encomendados y las demás que el Ministro les delegue, en el ámbito de su competencia; Que estando a lo informado por PROINVERSIÓN y por la Dirección General de Concesiones en Transportes, corresponde autorizar al funcionario que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribirá el Contrato de Concesión del Proyecto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, el Decreto Legislativo Nº 1224, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorización para suscribir el Contrato de Concesión Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba en calidad de Concedente, el Contrato de Concesión del proyecto "Hidrovía Amazónica: ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza ­ Iquitos ­ Santa Rosa; río Huallaga, tramo Yurimaguas ­ Confluencia con el río Marañón; río Ucayali, tramo Pucallpa ­ confluencia con el río Marañón", así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1561452-1