Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 25 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Fiscales de la OCDE sobre tributación de empresas multinacionales, a llevarse a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 13 al 17 de noviembre de 2017; Que el presente evento tiene como objetivo continuar con las reuniones de trabajo para la implementación de herramientas técnicas que permitan a las administraciones tributarias mitigar el impacto de la elusión fiscal internacional, teniendo en cuenta para ello las recomendaciones del Proyecto Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios ­ BEPS (por sus siglas en inglés) de la OCDE; Que el mencionado grupo de trabajo tiene a su cargo los temas de tributación de empresas multinacionales y se reúne regularmente para discutir diversos asuntos relacionados a la materia para compartirlos con la comunidad internacional y recabar opiniones que permitan mejorar las propuestas y finalmente incluirlas en instrumentos técnicos como las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias, y las recomendaciones normativas; Que en la citada reunión se discutirán distintos temas relacionados con los precios de transferencia que son de especial relevancia para la SUNAT, tales como el tratamiento de las transacciones financieras entre partes vinculadas y las nuevas directrices en la aplicación del método de partición de utilidades; Que, asimismo, la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro del objetivo estratégico OE1: Mejorar el cumplimiento tributario y aduanero previsto en el Plan Estratégico Institucional 2017-2019, toda vez que su participación repercutirá en la mejora de los procedimientos operativos y del marco normativo, de acuerdo a las recomendaciones de la OCDE para reducir o eliminar prácticas elusivas que erosionan las bases imponibles; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 11-7D0000/ SUNAT de fecha 12 de octubre de 2017, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Giovanni Gonzalo Cerrón López, Especialista 4 de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las leyes anuales de presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Giovanni Gonzalo Cerrón López, del 12 al 19 de noviembre de 2017, para participar en la Reunión del Grupo de Trabajo N° 6 del Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE sobre tributación de empresas multinacionales, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT;

y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Giovanni Gonzalo Cerrón López, Especialista 4 de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, del 12 al 19 de noviembre de 2017, para participar en la Reunión del Grupo de Trabajo N° 6 del Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE sobre tributación de empresas multinacionales, que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 13 al 17 de noviembre de 2017. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del 2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Giovanni Gonzalo Cerrón López Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 529,94 Viáticos US $ 3 780,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1579292-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Aprueban Directiva "Compatibilidad de productos pirotécnicos y materiales relacionados"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 1090-2017-SUCAMEC Lima, 24 de octubre de 2017 VISTO: El Informe Legal Nº 280-2017-SUCAMECGEPP de fecha 14 de setiembre de 2017, de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; el Informe Técnico Nº 0114-2017-SUCAMEC-OGPP de fecha 22 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 545-2017-SUCAMEC-OGAJ de fecha 19 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios