Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, con Certificación N° 080-2017-CD/O de fecha 02 de octubre de 2017, expedida por la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE, se "Certifica el Acuerdo del Consejo Directivo N° 080-2017-CD/O, adoptado en la Decimotercera Sesión Ordinaria, celebrada el 02.10.2017", a través del cual se aprueba el viaje en comisión de servicios de la señora Gladys Sara Cárdenas de Pellón y del señor Andrés Roberto Chipollini Montenegro, profesionales del IMARPE, para participar en las "Reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines ­ APICD", a realizarse el 23 y 24 de octubre de 2017, en la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América; aprobándose también los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos para el referido viaje; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; y que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, de acuerdo al itinerario propuesto, es necesario autorizar el viaje de la señora Gladys Sara Cárdenas de Pellón y del señor Andrés Roberto Chipollini Montenegro, profesionales del IMARPE, en la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América, del 22 al 25 de octubre de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Gladys Sara Cárdenas de Pellón y del señor Andrés Roberto Chipollini Montenegro, profesionales del IMARPE, en la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América, del 22 al 25 de octubre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanden los viajes autorizados en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2017 del IMARPE, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidos Pasaje aéreo Viáticos por 3 días TOTAL (Incluido US$ 440,00 por día US$ TUUA) US$ (2 días de viáticos + 1 por concepto de instalación) 1,870.00 1,320.00 3,190.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los profesionales autorizados en el artículo 1 deben presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1578259-1

Suspenden actividades de extracción del recurso merluza en área del dominio marítimo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 498-2017-PRODUCE 19 de octubre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 780-2017-IMARPE/DEC del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE y el Informe N° 307-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, el Informe Nº 1499-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que en consecuencia corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la Ley dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, el artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE prevé que el ordenamiento pesquero se aprueba mediante reglamentos que tienen como finalidad establecer los principios, las normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiológicos que deban ser administrados como unidades diferenciadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el objetivo, entre otros, de lograr la recuperación del recurso merluza en el mediano plazo, para el posterior aprovechamiento sostenido de este recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de la pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; Que, con Resolución Ministerial N° 308-2017-PRODUCE se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) julio 2017 - junio 2018, en el marco del cual se autoriza la realización de actividades extractivas del referido recurso desde las 00:00 horas del 01 de julio de 2017 hasta el 30 de junio de 2018, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 07°00' Latitud Sur; y el Límite Máximo de

Gladys Sara Cárdenas de Pellón Andrés Roberto Chipollini Montenegro

1,870.00

1,320.00

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