Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 21 de noviembre de 2017 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. en beneficio de damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 443-2017-VIVIENDA Lima, 20 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00); Que, el inciso v), del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo, se realiza mediante resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, por Decreto de Urgencia N° 004-2017, modificado por Decreto de Urgencia N° 008-2017, se dispuso la atención prioritaria de la población damnificada cuya vivienda se encuentra colapsada o inhabitable a causa de las emergencias generadas por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas de emergencia, disponiéndose para dicha atención el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH, entre ellos, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 010-2017, se aprobó medidas extraordinarias para el otorgamiento de subsidios destinados a la reconstrucción en las zonas declaradas en emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, entre ellas, se estableció la modificación de los recursos autorizados por el Decreto de Urgencia N° 004-2017, distribuyéndose CIENTO QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00) al Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional; Que, el 25 de setiembre de 2017, el MVCS suscribió con el Fondo MIVIVIENDA S.A., el Convenio N° 746-2017-VIVIENDA, para la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, para damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; hasta por el monto de CIENTO QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00); Que, mediante Resolución Ministerial N° 373-2017-VIVIENDA, se autoriza la Transferencia

Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma CIENTO QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, en beneficio de los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; Que, por Decreto de Urgencia N° 013-2017, se autoriza, excepcionalmente, al MVCS a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para financiar el BFH y/o acciones vinculadas al desarrollo de "Proyectos de Vivienda de Interés Social", entre otros, hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 68 454 160,00) con cargo a los recursos asignados en el Anexo N° 01 del Decreto Supremo Nº 193-2017-EF, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el 7 de noviembre de 2017 se suscribe la Adenda N° 01 al Convenio N° 746-2017-VIVIENDA, incrementando la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de CIENTO QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00) hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 184 154 160,00); Que, en tal sentido, mediante Memorándum Nº 1334-2017-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, solicita gestionar la transferencia financiera hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 68 454 160,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, mediante Memorando Nº 2014-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, haciendo suyo el Informe N° 321-2017/VIVIENDA-OGPPOP de la Oficina de Presupuesto a su cargo, emite opinión favorable y propone autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 68 454 160,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, en beneficio de los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; para lo cual se ha suscrito la Adenda N° 01 al Convenio N° 746-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, por los fundamentos técnicos y normativos expuestos, resulta viable aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 68 454 160,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.,