Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2017 (18/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 18 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1587716-1

Aprueban transferencias financieras a favor de diversas personas jurídicas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 161-2017-CONCYTEC-P Lima, 17 de noviembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 034-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 436-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 251-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos ­ Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante Oficio Nº 436-2017-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras por un monto total de S/ 664,098.75, a favor de los ganadores del Concurso del Esquema Financiero EF-041 denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" ­ Convocatoria 2015-IIMINEDU, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 151-2015-FONDECYTDE, modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 160-2015-FONDECYT-DE; del Concurso Esquema Financiero EF-031 denominado "Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología" ­ Convocatoria 2015-II MINEDU, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N°

154-2014-FONDECYT-DE; y del Concurso Esquema Financiero EF-044 denominado "Equipamiento para la Investigación Científica" ­ Convocatoria 2015-MINEDU, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 034-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de transferencias financieras, a favor de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 57,110.87); Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 104,357.30); de la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto (S/ 30,054.00); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 53,200.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 181, 459.58); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 230,517.00); y de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 7,400.00), por el importe total ascendente a S/ 664,098.75, para cofinanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal, los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000707, N° 0000000710 y N° 0000000711, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 151-2015-FONDECYT-DE; Resolución de Dirección Ejecutiva N° 160-2015-FONDECYT-DE; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 154-2015-FONDECYTDE; y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2015-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar las Transferencias Financieras para cofinanciar los proyectos de las instituciones públicas aprobadas mediante Convenios de Subvención suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDEYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las Transferencias Financieras solicitadas cuentan con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 034-2017-FONDECYT-UPP-UAJUSM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios, contratos, en la Directiva, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 251-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación de las transferencias financieras solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los programas y proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 034-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 140-2017-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 328-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 034-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en