Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2017 (30/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 30 de mayo de 2017 /

El Peruano

en el artículo 85 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 145º de la citada Ley Orgánica señala que para la elaboración del sistema de seguridad ciudadana se convocará y concertará con las organizaciones sociales, vecinales o comunales, las rondas urbanas y campesinas, los comités de autodefensa y las comunidades campesinas, nativas y afroperuanas; Que, conforme a la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la participación de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, el artículo 3º de la citada Ley señala que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social; Que, asimismo el artículo 13º del mismo cuerpo normativo señala que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. Igualmente supervisan y evalúan su ejecución; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica; Que, la Secretaría Técnica es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación encargado de proponer al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) la política, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel distrital. La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital correspondiente, o el órgano que haga sus veces, asume las funciones de Secretaría Técnica de los CODISEC. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad. Dentro de sus funciones se encuentra el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, los planes de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital con un enfoque de resultados. Determinan la prioridad del gasto y de las inversiones públicas, además contienen un diagnóstico del problema y establecen una visión, objetivos estratégicos y específicos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas nacionales y regionales de carácter multianual; Que, mediante Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, se aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año fiscal 2017; asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/50.01, se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017, entre la cuales se encuentra el Instructivo de la Meta 05: "Formulación y ejecución de actividades del Plan Local de Seguridad Ciudadana articulado al Programa Presupuestal 0030"; dichos instructivos de las metas 01. 05, 09, 20, 29 y 30 han sido modificados a través de la Resolución Directoral Nº 006-2017-EF/50.01.;

Que, bajo dicho precepto legal, mediante Oficio Nº 034-2017-COPROSEC.ST. de fecha 24 de marzo de 2017 el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete 2017, debidamente subsanada y actualizada, a fin de que sea ratificado y se emita la ordenanza correspondiente, constando en autos fotocopia del Acta de Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 de fecha 24 de marzo de 2017, en el que consta que luego del intercambio de ideas, sugerencias, observaciones y debate correspondiente, el comité por unanimidad (o mayoría) aprobó el mencionado Plan; Que, mediante Informe Nº 0922-2017-GPPI-MPC de fecha 07 de abril de 2017, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto e Informática informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal para el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete correspondiente al año fiscal 2017, según reporte SIAF adjunto; Que, en ese sentido, y tomando en cuenta que con la aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana 2017 se pretende fortalecer la seguridad y confianza ciudadana en el distrito de San Vicente de Cañete, así como el cumplimiento de metas implica una transferencia de recursos a la municipalidad, con lo que se fortalecerá la estabilidad y eficiencia de la municipalidad, resulta viable se eleve los actuados al Concejo Municipal para su deliberación y aprobación correspondiente; Que, mediante Informe Legal Nº 137-2017-GAJ-MPC de fecha 10 de abril del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina: 1) Que, es viable ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana de San Vicente de Cañete 2017, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Vicente de Cañete, cuyo texto en anexo, forma parte integrante de la Ordenanza; 2) Que, se encargue a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana dispongan la ejecución de las acciones necesarias para su cumplimiento; 3) Encargar a la Secretaria General la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en la página web www.municanete. gob.pe.; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Jurídica, el Concejo Municipal aprobó por unánimidad; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; la siguiente Ordenanza; "ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN VICENTE DE CAÑETE 2017 Artículo 1º.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN VICENTE DE CAÑETE 2017, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Vicente de Cañete, cuyo texto en anexo, forma parte integrante de la Ordenanza, por los fundamentos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana dispongan la ejecución de las acciones necesarias para su cumplimiento. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en la página web www.municanete.gob.pe., en el portal de Transparencia y el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1526156-1