Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2017 (20/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de mayo de 2017 /

El Peruano

intensidad y frecuencia de eventos climáticos extremos que tienen incidencia en los sistemas productivos, servicios sociales y los impactos en la salud de la población y grupos vulnerables. Un diagnóstico específico de los diferentes sectores al cambio climático y su forma de abordaje y respuesta son parte de la Estrategia Regional de Cambio Climático, por lo que corresponde emitir la presente Ordenanza Regional. Que con Oficio Nº 110-2016-MINAM/VMDERNDGCCDRH de fecha 27 de julio 2016, el Ministerio del Ambiente emite opinión técnica favorable a la versión final de la Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Implementación del Gobierno Regional de Puno; con el propósito de que continúe los trámites correspondientes para su aprobación ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de Puno. Adicionalmente el Ministerio recomienda promover la asignación presupuestal, la inclusión de acciones y medidas estratégicas de la ERCC en el Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Estratégico Institucional, Planes Operativos Anuales, Proyectos de Inversión Pública u otros a fin de asegurar su implementación, con el compromiso de las diversas dependencias del Gobierno Regional de Puno; Municipalidades Provinciales y Distritales, Organizaciones y representantes de la sociedad civil, y Agentes Económicos. Que, en Sesión ordinaria de la Comisión Ambiental Regional de Puno, de fecha once (11) de diciembre del 2015, han validado la Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Implementación de Puno, según consta en Acta, para luego solicitar la aprobación por ordenanza regional del Consejo Regional. Que, se tiene la Opinión Legal Nº 224-2016-GRPUNO/ORAJ, el cual informa por tratarse de un instrumento técnico elaborado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, no requiere de revisión sino proseguir con el trámite en virtud a los dispuestos en la parte pertinente del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y modificatoria. Que conforme al informe técnico Nº 036-2016-GRPUNO/GRPPTAT-SGPI, de la GRPPAT, opina que es procedente la aprobación de la Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Implementación 20162021, de la Región Puno, en ese sentido sugiere al pleno del Consejo Regional que emita la Ordenanza Regional, por cuanto cumple con los criterios técnicos y está articulado a la Estrategia Nacional de Cambio Climático y al objetivo 09 del Plan de Desarrollo Regional Concertado Puno al 2021. Este documento de gestión institucional orientará a promover acciones para reducir los efectos de cambio climático, debido que la Región Puno, constituye un cambio de alto riesgo por la presencia de factores climáticos adversos. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil, ha emitido el Dictamen Nº 04-20156-GRP-CRP/CORNMA, que concluye aprobar la Estrategia Regional de Cambio Climático de Puno y su Plan de Implementación, la misma que es sustentada ante el Pleno del Consejo Regional y aprobada por mayoría, acorde con lo previsto por el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, "Las ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia.." Por tanto, en uso de sus facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias. El Pleno del Consejo Regional con voto en mayoría de sus miembros integrantes, aprobó: ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la actualización de la "ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN PUNO Y SU PLAN DE IMPLEMENTACIÓN 2016-2021", que como anexos forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias Regionales y Direcciones Regionales del Gobierno Regional Puno, en particular a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento

Territorial, para que realicen acciones conjuntas para destinar los recursos financieros que posibilite la implementación de las acciones estratégicas de la Estrategia Regional de Cambio Climático y de su Plan de Implementación. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia regional de Infraestructura y Direcciones Regionales a implementar las acciones estratégicas de adaptación, mitigación de gases de efecto invernadero (GEI) e institucionalidad, incluyendo en los planes estratégicos sectoriales, planes operativos anuales de las Gerencias y Direcciones Regionales, debiendo formalizar acciones técnico administrativas para su ejecución en el marco de sus competencias y funciones. Artículo Cuarto.- CONFORMAR el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Puno, como una instancia consultiva y de concertación entre las instituciones del Estado, Privadas y Organizaciones de la Sociedad Civil; cuyo fin es de organizar, difundir y monitorear la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Puno, encargando al Ejecutivo del Gobierno Regional Puno emitir su reglamentación en un plazo de 90 días hábiles. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Puno, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, actividades de monitoreo y evaluación periódica de la Estrategia Regional de Cambio Climático y de su Plan de Implementación, en coordinación con el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Puno. Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en estricto cumplimiento del artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y publicar en el portal Web del Gobierno Regional de Puno. POR TANTO: Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Puno para su promulgación, en Puno a los quince días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. ELISBAN CALCINA GONZALES Consejero Delegado MANDO SE PUBLIQUE, SE REGISTRE Y CUMPLA. Dado en la sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los trece días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. JUAN LUQUE MAMANI Gobernador Regional de Puno 1522080-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de San Luis
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 226-2017-MDSL/C San Luis, 28 de abril del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS