Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2017 (16/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Martes 16 de mayo de 2017 /

El Peruano

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y al Tercer Juzgado Penal Unipersonal del Callao, se debe disponer la adición de competencia funcional a estos órganos jurisdiccionales para atender los casos sensibles de corrupción de funcionarios y crimen organizado, bajo el contexto procesalmente delimitado en la presente resolución hasta que el Consejo Ejecutivo, de acuerdo a sus facultades, designe los juzgados que correspondan. Que, en dicha línea y a efectos de no incurrir en arbitrariedades, es menester seguir el parámetro anteriormente establecido por las Resoluciones Administrativas Nº 025-2011-CED-CSJCL/PJ y la Resolución Administrativa Nº 112-2017-P-CSJCL/PJ, la misma que a efectos de determinar al Juez Superior por casos de discordia, impedimentos, recusaciones, inhibiciones o abstenciones de uno o más Jueces Superiores, asimismo el Instructor de este distrito judicial, utilizó el criterio de menor antigüedad en el cargo. Que, estando a los considerandos antes expuestos, así como de conformidad a las atribuciones conferidas al Presidente de la Corte Superior, en los incisos 1), 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, se amplíe la competencia del juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria, que viene conociendo procesos inmediatos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1194, a fin que conozca los procesos sobre corrupción de funcionarios y crimen organizado, en el contexto de que la Sala de Apelaciones del Nuevo Código Procesal Penal en adición de sus funciones como miembros integrantes de la Tercera Sala Penal Reos Libres del Callao, declare nulo el proceso, y mande rehacer el proceso. Artículo Segundo.- DISPONER que a partir de la fecha, se amplíe la competencia del juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal, que viene conociendo procesos inmediatos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1194, a fin que conozca los procesos sobre corrupción de funcionarios y crimen organizado, en el contexto de que la Sala de Apelaciones del Nuevo Código Procesal Penal en adición de sus funciones como miembros integrantes de la Tercera Sala Penal Reos Libres del Callao, declare nula una sentencia y ordene que otro juez expida una nueva sentencia y/o retrotraiga la causa a la etapa correspondiente del juicio oral. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, Oficina de Imagen Institucional, de los Jueces Penales del Nuevo Código Procesal Penal de este Distrito Judicial, y de los demás interesados para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1520657-1

La Resolución Administrativa N° 219-2017-P-CSJCL/ PJ de fecha 12 de abril de 2017 y el proyecto "Implementación de Stand Itinerante Ecológico de Consulta de Expedientes Judiciales". CONSIDERANDO: Que, estando a la resolución de vistos, donde se aprueba la implementación del "STAND ITINERANTE ECÓLOGICO DE CONSULTAS DE EXPEDIENTES JUDICIALES" de la Corte Superior de Justicia del Callao y el proyecto del mismo, se tiene en el punto 2.6 inciso b) "(...) el área geográfica donde se desarrollara el proyecto el cual estarán considerados los centros y/o establecimientos comerciales ubicados en los 05 Distritos que conforman el Distrito Judicial del Callao (...)", asimismo en el plan del proyecto se tiene en la parte 2.7 del funcionamiento del stand itinerante ecológico inciso e) "(...) la cobertura de atención; estará condicionada a la cobertura del servicio de internet inalámbrico que brinda la empresa operadora del servicio, de modo que pueda abarcar los cincos distritos que integran el Distrito judicial del Callao: Cercado del Callao, Bellavista, La Perla, La Punta y Carmen de la Legua Reynoso (...)". Que, en relación a las mencionadas medidas estipuladas en el citado proyecto, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior, informo que se debe de ampliar las áreas geográficas en centros y/o establecimientos comerciales ubicados en los 5 Distritos que conforman el Distrito judicial del Callao, siendo su principal característica el de itinerante y por ende el desplazamiento a cada punto donde se desplazara dicho STAND. Que, el proyecto "Implementación de Stand Itinerante Ecológico de Consulta de Expedientes Judiciales" elevado por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia, se inicia con la necesidad de acercar y fortalecer los lazos de la Corte Superior de Justicia del Callao con la población, de modo que puedan informarse sobre el estado de los procesos judiciales, que son de conocimiento de los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Superior de Justicia del Callao. Que, la ampliación de la cobertura de atención del citado proyecto obedece a la limitada capacidad de los ciudadanos al acceso gratuito del seguimiento de expedientes judiciales de la Corte Superior de Justicia del Callao, debido a los limitados recursos económicos y oportunidades de la población comprometida en los procesos judiciales que giran ante este Distrito Judicial. Aunado a ello, la institucionalización del programa se reforzaría con ocasión de las encuestas realizadas entre el público que asiste a solicitar los servicios en las mesas de parte de los Juzgados y Salas del Distrito Judicial del Callao; verificándose que, de la población encuestada, 50% son parte directa, 33% abogados y 17% terceros. Así mismo, el 100% de las personas encuestadas concuerda con tener interés en contar con un centro de información judicial cercana a su domicilio. Que, para atender la necesidad de la población, se creó el "Stand Itinerante Ecológico de Consulta de Expedientes Judiciales" de la Corte Superior de Justicia del Callao, como un canal adicional de atención al público, que puede instalarse en establecimientos públicos, privados y/o centros comerciales de gran afluencia de personas, donde se proporcionará el servicio de consultas sobre el estado de los procesos judiciales y para su funcionamiento se hará uso principalmente de la energía solar a través de paneles solares, que permitirá brindar de una forma ecológica el servicio antes aludido. De acuerdo a los alcances del proyecto materia de vistos, se infiere que el mismo genera una cultura institucional que contribuye a la preservación del medio ambiente y que además, como se detalló anteriormente, se encuentra encaminado a brindar a los usuarios información directa y específica en un módulo de información más cercano a sus domicilios. Finalmente del análisis del citado proyecto, se advierte que cumple con los lineamientos establecidos en el numeral 2.3 y el literal g numeral 8.1.2. de la Directiva N° 004-2011-GGPJ, "Implementación de Medidas de Ecoeficiencia del Poder

Modifican la Res. Adm. N° 219-2017-P-CSJCL/ PJ, que implementó el "Stand Itinerante Ecológico de Consulta de Expedientes Judiciales" de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 249-2017-P-CSJCL/PJ Callao, 27 de abril de 2017