Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 10 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin de dar continuidad a dicha función; Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Alexander Campos Ferrari como responsable de remitir las ofertas de empleo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, efectuada mediante Resolución Jefatural Nº 214-2016-FONDEPES/J. Artículo 2º.- Designar a la Coordinadora del Área de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), señora Ibeth Elohan Angulo Zavaleta, como responsable de remitir las ofertas de empleo a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para su cumplimiento y fines respectivos. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE Jefa Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero 1518322-1

La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-0530922017, así como los demás escritos relacionados con la presente solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de La Directiva señala que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-053092-2017 del 27 de febrero de 2017, la empresa AUTOSERVICIOS ÑAHUI S.A.C., en adelante La Empresa, solicitó autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. Huarochirí Mz. A6, Lote 5, Urbanización Las Flores de Santa Anita, distrito de San Anita, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión; Que, mediante Oficio N° 2687-2017-MTC/15.03 del 23 de marzo de 2017, notificado el 29 de marzo de 2017, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial procedió a realizar las observaciones correspondientes a la documentación presentada, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles para la subsanación correspondiente; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-091965-2017 del 10 de abril de 2017, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones puestas a su conocimiento con el Oficio N° 2687-2017-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 03632017-MTC/15.03, se advierte que la documentación presentada por La Empresa, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTOSERVICIOS ÑAHUI S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS, Ley N° 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC;

RELACIONES EXTERIORES
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2017-RE Mediante Oficio Nº 517-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 131-2017-RE publicada en la edición del 08 de mayo de 2017. DICE: "Artículo 2.- Dar las gracias a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Liliana Tamara Cirio Burkevics Vda. de Silva, por los importantes servicios prestados a la Nación." DEBE DECIR: "Artículo 2.- Dar las gracias a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Liliana Tamara Cino Burkevics Vda. de Silva por los importantes servicios prestados a la Nación." 1518673-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Autoservicios Ñahui S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular, ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1907-2017-MTC/15 Lima, 24 de abril de 2017