Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2017 (08/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de julio de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Aprueban Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso para el periodo 2017 - 2021
ORDENANZA Nº 008-2017-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 28 de junio del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en sesión ordinaria celebrado en la fecha, el Proveído N° 1431-2017 de la Gerencia Municipal, remitiendo a Secretaría General, el Informe Nº 0932017-GAJ/MDCLR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N° 020-2017-GDH-MDCLR de la Gerencia de Desarrollo Humano, informe N° 143-2017/SGECDJ/ GDH/MDCLR, de la Sub. Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, mediante el cual se eleva la propuesta de ordenanza para la aprobación de! Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales. Que, el numeral 11 del artículo 82º del Capítulo II, Las competencia y funciones específicas de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de sus modificatorias, establece que son competencia y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados". Que, el numeral 19 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencia y funciones específicas de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, establece que son competencia y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Promover actividades culturales diversas". Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2014MC, Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados, deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad (...)". Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9°. 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, y de conformidad al Acuerdo de Concejo N° 029-2017-MDCLR del 28-06-2017, Dictamen N° 0072017-CATL de la Comisión de Asuntos Técnicos Legales, y con la dispensa del trámite de presentación de lectura y aprobación del acta; y contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores presentes, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA ­ REYNOSO, PARA EL PERIODO 2017-2021 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua, para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- Créase el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua ­ Reynoso, como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua ­ Reynoso. Artículo Tercero.- La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua ­ Reynoso, corresponde a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Desarrollo Humano es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua ­ Reynoso, para el periodo 20172021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Quinto.- La Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y la Gerencia de Administración, son responsables del financiamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua ­ Reynoso para el periodo 2017-2021. Artículo Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web de transparencia de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua - Reynoso. Artículo Séptimo.Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administración y Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, disponiendo a través de Secretaría General, su publicación en el diario oficial EL PERUANO y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal web de transparencia de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua -- Reynoso. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1540903-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza que otorga beneficios tributarios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio administrado por el Fondo Mivivienda S.A. en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2017-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA